CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL – Deber elaboración – Obligación de las entidades públicas – Etapa precontractual
[…] con fundamento en el marco constitucional del presupuesto público, existe el deber de las Entidades Estatales de contar con un certificado de disponibilidad presupuestal de forma previa a la asunción de obligaciones o compromisos de carácter contractual, como una garantía de la existencia de recursos suficientes para atender los gastos y obligaciones que serán contraídos por el Estado. De ahí que, el numeral 6 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 disponga: “[l]as entidades estatales abrirán licitaciones e iniciarán procesos de suscripción de contratos, cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales”.
[…] la referida norma regula de manera concreta el momento en el que debe ser expedido el certificado de disponibilidad presupuestal en materia contractual, esto es, en la etapa previa a la selección del contratista. De esta forma, previo al cumplimento de las obligaciones presupuestales, la Entidad Estatal deberá indicar en el Pliego de Condiciones el presupuesto oficial del proceso, para que los interesados en presentar una oferta no realicen ofrecimientos que superen el valor con el que se cuenta para pagarle al contratista por el respectivo bien, obra o servicio.
IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO EN LA CONTRACIÓN ESTATAL – Noción – Obligación de la entidad – Función
[…] al considerarse el riesgo en la contratación estatal según la RAE y la literatura internacional, como la posibilidad de eventos que puedan afectar la ejecución del contrato, el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, señala que las Entidades Estatales tienen la obligación de estimar, tipificar y asignar los riesgos previsibles involucrados en la contratación dentro de los Pliegos de Condiciones o documento equivalente. […].
[…] al estudiarse el marco normativo que regula la identificación y cobertura del riesgo, se observa que su función principal es la de reducir la exposición de los procesos de contratación pública a los diferentes riesgos que durante su desarrollo puedan presentarse y afectar al Estado. Por lo que, corresponderá a la Entidad Estatal determinar, conforme a cada caso particular y concreto los posibles riesgos asociados al procedimiento de selección, conforme a la naturaleza del objeto contractual, la cuantía, el plazo de ejecución, la disponibilidad económica, entre otros aspectos. Esto, con el fin de identificar las garantías que deberá exigir para el cubrimiento de tales riesgos.
Detalles del documento | |
Fecha | 14/02/2025 |
Actor | Miller Miller Mejía Radia |
No. radicado interno | C-019 de 2025 |
Año | 2025 |
Mes | Febrero |
Radicado de Entrada | P20250108000126 |
Radicado de Salida | RS20250214001263 |
Radicado Interno | C-019 |
Descriptor | CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL |
Restrictor | Deber de elaboración, Obligación de las entidades públicas, Etapa precontractual, Noción, Obligación de la entidad, Función |