RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Carácter restrictivo
Debido a las restricciones que impone el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, este se tipifica en la Ley expresamente y su interpretación debe ser restrictiva. Es decir, las causales de inhabilidad e incompatibilidad deben estar enunciadas en las normas de forma taxativa y al aplicarse en una situación particular su interpretación debe ser restrictiva, de tal forma que no se admita una interpretación amplia o extensiva que permita contemplar supuestos indeterminados como causales de inhabilidad o impedimentos.
APLICACIÓN DE LA LEY 1952 DE 2019 – INHABILIDAD EXALCALDE – ASUNTOS CONCRETOS DE SUS FUNCIONES
En el caso de un exalcalde, la Ley 1952 de 2019 establece que la inhabilidad para prestar servicios a la misma entidad territorial tiene una duración de un (1) año después de la dejación del cargo, salvo que se trate de asuntos concretos de los cuales el exalcalde tuvo conocimiento en ejercicio de sus funciones, en cuyo caso la incompatibilidad es indefinida.
Detalles del documento | |
Fecha de Entrada | |
Fecha de Salida | 14/07/2025 |
Actor | Katia |
No. radicado interno | C-720 de 2025 |
Radicado de Entrada | 1-2025-06-05-005498 |
Radicado de Salida | 2_2025_07_14_007045 |
Radicado Interno | C-720 |
Descriptor | RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, APLICACIÓN DE LA LEY 1952 DE 2019, INHABILIDAD EXALCALDE, ASUNTOS CONCRETOS DE SUS FUNCIONES |
Restrictor | Carácter restrictivo |