DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Inalterabilidad
Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en dichos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. Por lo tanto, las entidades estatales, al realizar sus procedimientos de selección, solo podrán modificarlos en los aspectos en que los Documentos Tipo lo permitan.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Concurso de méritos – Formulario 1 – Propuesta económica
En los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte –versión 3–, el “Formulario 1 – Propuesta económica” puede ser utilizado por la entidad para determinar las condiciones bajo las cuales los proponentes presentarán su propuesta económica, sin perjuicio de que pueda modificarse o allegarse la oferta económica en un formulario distinto.
El Formulario 1 es presentado a modo ilustrativo y como una sugerencia, sin embargo, es importante precisar que, justo como lo señala el documento, en caso de modificarse el formulario, no se deben incluir causales de rechazo, reglas o parámetros, y los términos del proceso de contratación únicamente se encuentran en el documento base, por lo que no es viable que la entidad incluya notas de ningún tipo.
Específicamente, frente a la propuesta económica, el documento base de los documentos tipo de concurso de méritos de interventoría de infraestructura de transporte señala que la misma se debe elaborar a partir del “Formulario 1 – Formulario de Presupuesto Oficial” [el cual es presentado a modo ilustrativo y como sugerencia], y la presentación debe hacerse con sujeción a lo dispuesto en los capítulos II “ELABORACIÓN, PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y EVALUACIÓN” y V “OFERTA ECONÓMICA” del referido documento base.
CAUSALES DE RECHAZO – Procedencia – Documentos Tipo – Oferta económica – Subsanabilidad
[…] las causales de rechazo deben estar necesariamente nominadas en la ley o en el pliego de condiciones, y no puede realizarse, frente a su redacción, ninguna interpretación extensiva. Por esta razón si el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública o el pliego de condiciones no establecen de manera literal una causal de rechazo, en los términos expuestos, no podrán rechazarse las propuestas.
En este punto, es importante resaltar que, esta Subdirección se ha pronunciado en diversas oportunidades acerca del alcance de la regla de la subsanabilidad, contenida actualmente en el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018. Al respecto, la postura es la siguiente: por regla general, la falta de entrega o los defectos frente a los requisitos que no asignan puntaje, son subsanables. La excepción se encuentra en los casos, previstos en la ley, que limitan la subsanabilidad, como, por ejemplo, la prohibición de permitir la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta y de permitir la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
Detalles del documento | |
Fecha de Entrada | 14/07/2025 |
Fecha de Salida | 22/08/2025 |
Actor | Iván Darío Gutiérrez Cardozo |
No. radicado interno | C-936 de 2025 |
Radicado de Entrada | 1_2025_07_14_007140 |
Radicado de Salida | 2_2025_08_22_008622 |
Radicado Interno | C-936 |
Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, CAUSALES DE RECHAZO |
Restrictor | Fundamento normativo, Concurso de méritos, Formulario 1, Propuesta económica, Documentos tipo, Oferta económica, Subsanabilidad |