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Documento: 76001233300220190018401 de 2026

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RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO DE CONCESIÓN – Ley 1150 de 2007 – Contratos de prestación de servicio de alumbrado público – Se rigen por el EGCAP – Contratos celebrados con anterioridad a la Ley 1150 de 2007 – Se rige por el EGCAP – Aplicación de las estipulaciones en ejercicio de la autonomía de la voluntad

Aunque la Ley 1150 de 2007 dispuso expresamente que el régimen jurídico aplicable para los contratos celebrados para la prestación del servicio de alumbrado público es el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública -EGCP- (Ley 80 de 1993 y sus reformas), es importante aclarar que para los contratos celebrados antes de dicha norma, como en el presente caso, en el que el contrato objeto de controversia se firmó en el año 1998, opera la misma lógica y así lo ha definido la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado.

En efecto, de tiempo atrás se ha concluido que el EGCP es aplicable a los contratos de concesión del servicio de alumbrado público con fundamento en que una de las partes contratantes es un ente territorial […].

[…] En los anteriores términos, el régimen jurídico general aplicable en el sub judice es la Ley 80 de 1993 y sus reformas, sin perjuicio de la aplicación de las estipulaciones que en ejercicio de la autonomía de la voluntad las partes incluyeron en el contrato, el cual contiene una remisión específica a la Ley 143 de 1994, norma que no regula el contrato de concesión de alumbrado público.

Detalles del documento

Fecha22/05/2026
Número expediente/radicado interno73.340
DemandadoMUNICIPIO DE OBANDO (VALLE DEL CAUCA)
ActorTENORIO GARCÍA Y CIA LTDA
ProvidenciaSentencias
Sección / SalaSección Tercera
SubsecciónB
PonenteFREDY IBARRA MARTÍNEZ
Medio de Control / AcciónControversias Contractuales
RecursoApelación sentencia
Año2026
MesMayo
Tipo de Contrato / Acto AdministrativoContractual
TemaContractual
NaturalezaContractual
DescriptorRÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO DE CONCESIÓN
RestrictorLey 1150 de 2007, Contratos de prestación de servicio de alumbrado público, Se rigen por el EGCAP, Contratos celebrados con anterioridad a la Ley 1150 de 2007, Se rige por el EGCAP, Aplicación de las estipulaciones en ejercicio de la autonomía de la voluntad

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