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Documento: C-033 de 2025

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CONTRATOS ESTATALES – Requisitos de ejecución – Requisitos legales – Requisitos convencionales

[…] los requisitos de ejecución de los contratos estatales pueden ser “legales” o “convencionales”. Los primeros son aquellos que se encuentran previstos en la ley. Los segundos son estipulados por las partes. En otros términos, los requisitos legales de ejecución son elementos de la naturaleza, mientras que los requisitos convencionales de ejecución son elementos accidentales. Teniendo en cuenta que en la consulta se indaga por el acta de inicio, es importante precisar si se trata de requisitos de ejecución legales o convencionales.

[…]

[…] los requisitos legales de ejecución son: i) la aprobación de las garantías exigidas en el contrato, ii) la existencia de la apropiación presupuestal correspondiente y iii) la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral. Por su parte, serán requisitos convencionales aquellos que no se encuentran consagrados en la ley sino que se pactan en la minuta del contrato o que el contratista acepta al momento de adherirse al clausulado del pliego de condiciones o documento equivalente.

Dichos requisitos se relacionan en que, deben cumplirse para que inicie la ejecución del contrato, sin que por ello puedan considerarse elementos de la esencia –de perfeccionamiento– del negocio jurídico, ni de su validez. En otras palabras, un contrato estatal existe, así no se hayan aprobado las garantías, o expedido el registro presupuestal, o a pesar de que el contratista no esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral, pero no puede comenzar a ejecutarse.

DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – Reporte de contratos en ejecución – Capacidad residual – Rechazo de la oferta

[…] el numeral 3.11 del Documento Base de los Documentos Tipo de obra pública de licitación de infraestructura de transporte, los cuales fueron actualizados en su cuarta (4) versión mediante la Resolución 465 del 10 de septiembre de 2024, establece como uno de los requisitos para habilitarse en este tipo de procesos, la capacidad residual. Esta, según lo señalado en la “Guía para determinar y verificar la capacidad residual del proponente en los procesos de contratación de obra pública” emitida por Colombia Compra Eficiente, consiste en la “aptitud de un oferente para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación”.

[…] en el marco de la aplicación de tales Documentos Tipo, constituye una obligación para los proponentes, el relacionar en la oferta, particularmente en el “Formato 5 – Capacidad Residual”, todos los contratos que a la fecha de cierre del proceso de contratación tengan en estado de ejecución, esto, con el fin de habilitarse en el proceso. Sin embargo, en caso de que no se cumpla con tal requisito, la oferta del proponente será objeto de rechazo, según lo establecido en el literal X del numeral 1.15 del Documento Base, que en su tenor literal establece como causal de rechazo el “[n]o informar todos los contratos que el proponente tenga en ejecución antes del cierre, necesarios para acreditar su capacidad residual conforme a la sección 3.11”.

Detalles del documento

Fecha19/02/2025
ActorCiudadano(a) Anónimo(a)
No. radicado internoC-033 de 2025
Año2025
MesFebrero
Radicado de EntradaP20250114000262
Radicado de SalidaRS20250219001487
Radicado InternoC-033
DescriptorCONTRATOS ESTATALES, DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
RestrictorRequisitos de ejecución, Requisitos legales, Reporte de contratos en ejecución, Capacidad residual, Rechazo de la oferta

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