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Documento: C-153 de 2024

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DOCUMENTOS TIPO VERSIÓN 3 – Licitación pública para obra de infraestructura de transporte – Definición de experiencia exigible

 

De acuerdo con lo anterior precisión, se acude a las condiciones fijadas en el «Documento Base» de la Resolución 275 de 2022 – versión vigente a partir del 29/08/2022, la acreditación del requisito habilitante de experiencia se aborda desde distintos criterios. En primer lugar, los contratos presentados por los proponentes deben corresponder a la actividad o actividades de experiencia general y específica que la entidad exija en el pliego de condiciones de acuerdo con los parámetros señalados en la Matriz 1. En segundo lugar, los proponentes deben acreditar el cumplimiento de las condiciones fijadas de acuerdo con las características de cada proponente, que debieron terminar antes de la fecha de cierre del proceso de contratación. Por último, el número de contratos aportados por el proponente debe certificar un valor mínimo correspondiente a un porcentaje del presupuesto oficial del proceso de obra expresado en SMMLV, cuya verificación se hará de acuerdo con la sumatoria de los valores totales ejecutados de los contratos que cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.

 

PROYECTOS DE SEÑALIZACIÓN (HORIZONTAL O VERTICAL) Y/O DEMARCACIÓN DE VÍAS TERCIARIAS – Experiencia – Acreditación

De esta forma, cuando la entidad estatal –de acuerdo con el alcance del objeto contractual– identifique el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación, debe determinar la “experiencia general” y la “experiencia específica” con fundamento en la Matriz 1, conforme a la metodología previamente expuesta. Esta experiencia debe solicitarse en las condiciones allí previstas, con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica.

 

Teniendo en cuenta los anteriores elementos y retomando la precisión realizada al inicio de la disertación, la experiencia a la cual se hace referencia en la consulta, podría enmarcarse en la actividad “2.5 PROYECTOS DE SEÑALIZACIÓN (HORIZONTAL O VERTICAL) Y/O DEMARCACIÓN DE VÍAS TERCIARIAS” del sector Transporte que solicita la siguiente experiencia específica lo siguiente:

 

“Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general debe acreditar en el componente de señalización o demarcación un valor igual o superior al 40% del Presupuesto de esta actividad o componente

 

AIU – Costos indirectos

Por otro lado, el porcentaje de AIU puede variar según la naturaleza del proyecto, su complejidad y otros factores relevantes, como la administración, que incluye la cantidad del recurso humano, las instalaciones, los impuestos y los gastos generales, entre otros aspectos. Adicionalmente se consideran unos imprevistos y las ganancias o utilidad del Contratista.

En este sentido, se puede indicar que el cálculo del AIU, obedece exclusivamente a un análisis detallado que hacen tanto entidades, como contratistas y proveedores, de acuerdo con las condiciones particulares del proyecto o negocio, así como basados en la experiencia que tienen y en términos de administración pública, adicionalmente en los principios de economía y transparencia.

Detalles del documento

Fecha12/07/2024
ActorAnónimo
No. radicado internoC-153 de 2024
Año2024
MesJulio
Radicado de EntradaP20240605005803
Radicado de SalidaRS20240712009982
Radicado InternoC-153
DescriptorDOCUMENTOS TIPO VERSIÓN 3, PROYECTOS DE SEÑALIZACIÓN (HORIZONTAL O VERTICAL) Y/O DEMARCACIÓN DE VÍAS TERCIARIAS, AIU
RestrictorLicitación pública para obra de infraestructura de transporte, Definición de experiencia exigible, Experiencia, Acreditación, Costos indirectos

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