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Documento: C-176 de 2024

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SEGURIDAD SOCIAL – Aportes al Sistema de Seguridad Social–Régimen Subsidiado – Trabajador independiente

En ese sentido, el hecho de que una persona natural se encuentre afiliado al régimen subsidiado en salud no constituye un impedimento para celebrar un contrato de prestación de servicios o presentar una oferta en un proceso de selección, comoquiera que tal verificación de los aportes deberá realzarse en la ejecución del contrato, en todo caso, es necesario indicar que el artículo 2.1.3.14 del citado Decreto 780 de 2016 prohíbe estar afiliado simultáneamente a uno y otro régimen.

Detalles del documento

Fecha29/07/2024
ActorJuan José Rodríguez Silva
No. radicado internoC-176 de 2024
Año2024
MesJulio
Radicado de EntradaP20240617006126
Radicado de SalidaRS20240729010669
Radicado InternoC-176
DescriptorSEGURIDAD SOCIAL
RestrictorAportes al sistema de Seguridad Social, Régimen subsidiado, Trabajador independiente

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