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Documento: C-241 de 2025

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

DOCUMENTOS TIPO – Inalterabilidad

Esta obligatoriedad implica, a su vez, que las Entidades Estatales tengan que adelantar los Procesos de Contratación bajo las condiciones establecidas en los Documentos Tipo que rijan para el objeto a contratar y el procedimiento de selección aplicables, sin que puedan variarse los requisitos fijados en ellos. Lo anterior, por cuanto los Documentos Tipo se caracterizan por ser inalterables, es decir, que las Entidades Públicas carecen de la facultad de modificarlos, con excepción de aquellos aspectos que pueden diligenciar, que son las descripciones que están incluidas entre corchetes y resaltadas en gris en cada uno de los Documentos Tipo

DOCUMENTOS TIPO − Matriz 1 – Experiencia − Aplicación

(…) uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz 1 – Experiencia” –en adelante Matriz 1–. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo 3 – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.

Conforme a lo anterior, la Matriz 1, cumple una doble función: Por un lado, sirve para estandarizar las condiciones de experiencia, conforme al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. De otro lado, dicha matriz permite determinar el ámbito de aplicación de los documentos tipo respecto de objetos contractuales asociados, ya que son las actividades descritas en esta las que, obligatoriamente, deben contratarse aplicando documentos tipo.

DOCUMENTOS TIPO − Matriz 1 – Anexo 3 – Franjas de seguridad

La Matriz 1 de los documentos tipo de licitación pública de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, en el capítulo 8. Obras Aeroportuarias, establece la actividad “8.5 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN O CONFORMACIÓN O ADECUACIÓN O NIVELACIÓN O CONSERVACION O MANTENIMIENTO DE FRANJAS DE SEGURIDAD O CANALES O DRENAJES”

En relación con la experiencia general dispuesta en la Matriz 1 para la actividad 8.5, en esta se solicita experiencia en actividades de “OBRAS DE CONSTRUCCIÓN O CONFORMACIÓN O ADECUACIÓN O NIVELACIÓN O CONSERVACION O MANTENIMIENTO” y que estas recaigan sobre “FRANJAS DE SEGURIDAD O CANALES DE DRENAJES”. De esta forma, el requisito de experiencia general, no se limita a que no pueda darse su acreditación sobre zonas urbanas o rurales.

Ahora bien, para entender el alcance de la experiencia especifica contenida en la actividad 8.5, es pertinente indicar que en el Anexo 3 – Glosario de los documentos tipo de licitación pública de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, se define “franja de seguridad” (…)

Como se aprecia la construcción o el mantenimiento o conformación o adecuación o nivelación de estas franjas, es muy importante para garantizar la seguridad de las aeronaves. En este sentido, la experiencia especifica busca que las entidades seleccionen proponentes con idoneidad técnica para ejecutar este tipo de trabajos y que garanticen la pluralidad de oferentes, por esta razón, se solicita, que uno de los contratos que se presente dentro de la experiencia específica, cuente con un presupuesto igual o mayor al 30% del valor del PRESUPUESTO OFICIAL (PO) del proceso de Contratación.

Así mismo, se indica resaltado entre corchetes, que: para procesos de construcción o conformación o adecuación o nivelación de franjas de seguridad, se solicite adicionalmente, que uno de los contratos presentados en la experiencia general cumpla con la “CONSTRUCCION O CONFORMACION O ADECUACION O NIVELACIÓN O MANTENIMEINTO DE: FRANJAS DE SEGURIDAD O ROCERIAS DE FRANJAS DE SEGURIDAD.” Aquí sí, se solicita de manera particular que se tenga experiencia en “franjas de seguridad o rocería de franjas de seguridad”.

Detalles del documento

Fecha14/03/2025
ActorRichard Steven Sanabria Vargas
No. radicado internoC-241 de 2025
Año2025
MesMarzo
Radicado de EntradaP20250225001863
Radicado de SalidaRS20250314002477
Radicado InternoC-241
DescriptorDOCUMENTOS TIPO
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Inalterabilidad, Matriz 1, Experiencia, Aplicación, Anexo 3, Franjas de seguridad

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