DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Matriz – Experiencia – Actividad 2.5
En este sentido, para el cumplimiento de los requisitos de experiencia general, establecidos para la actividad a contratar 2.5 el proponente podrá acreditar contratos que correspondan o hayan contenido una o algunas de las siguientes actividades: i) Construcción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento y/o adecuación y/o ampliación de parques y/o canchas deportivas y/o escenarios deportivos, y ii) Construcción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento y/o adecuación y/o ampliación de espacio público.
Sobre estas actividades debe indicarse que la expresión “y/o” se utiliza para hacer explícita la posibilidad de elegir entre la suma o la alternativa de las opciones que relaciona[1].
En relación con la experiencia especifica, la Matriz 1- Experiencia, indica que el oferente interesado deberá acreditar dentro del proceso que i) por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general debe corresponder mínimo al 50% del presupuesto oficial del presente proceso de selección y ii) por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general debe acreditar la construcción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento y/o adecuación y/o ampliación de una cancha deportiva.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Numeral 3.5.2 – Literal I
Así mismo, debe tenerse en cuenta que, el numeral 3.5.2 del documento base, de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social establece que, contiene los aspectos que la Entidad tendrá en cuenta para analizar la experiencia acreditada y que la misma sea válida como experiencia requerida.
Conforme con el literal indicado: i) los requisitos de experiencia que implique la acreditación de valores y magnitudes intervenidas, deberá evaluarse conforme con la Matriz de Experiencia del sector cultura, recreación y deporte, y ii) en los contratos aportados como experiencia que contengan actividades ejecutadas ajenas a la obra de infraestructura del sector cultura, recreación y deporte, solo se tendrá en cuenta los valores y magnitudes relacionadas con ese tipo de infraestructura.
La entidad para acreditar la experiencia específica validaría los valores y magnitudes ejecutadas relacionadas con el tipo de infraestructura requerida en el proceso, con los contratos aportados por parte del oferente, de conformidad con lo establecido en el literal I del numeral señalado.
[1] Tomado de https://www.academia.org.mx/consultas/consultas-frecuentes/item/y-o
Detalles del documento | |
Fecha | 21/03/2025 |
Actor | Nelson David Acevedo Torres |
No. radicado interno | C-250 de 2025 |
Año | 2025 |
Mes | Marzo |
Radicado de Entrada | P20250226001912 |
Radicado de Salida | RS20250321002756 |
Radicado Interno | C-250 |
Descriptor | DOCUMENTOS TIPO |
Restrictor | Fundamento normativo, Obligatoriedad, Infraestructura social, Matriz, Experiencia, Actividad 2.5, Numeral 3.5.2., LITERAL I |