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Documento: C-268 de 2025

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ACUERDOS COMERCIALES – Fuentes – Aplicabilidad – Incorporación en el ordenamiento nacional

 

[…] Los tratados bilaterales de comercio con capítulos sobre contratación pública, son hoy en día una realidad en el ordenamiento jurídico colombiano y las normas de contratación nacionales, como el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias–, que deben ser aplicados en la práctica con la debida observancia de las obligaciones internacionales del Estado, so pena de causar responsabilidad por incumplimiento de dichas obligaciones.

 

[…] Los acuerdos comerciales son tratados internacionales celebrados entre Estados e incorporados a los ordenamientos nacionales, cuyo contenido consagra derechos y obligaciones en distintas materias, entre estas las compras públicas. En el caso colombiano, cada acuerdo comercial, por ser un tratado que celebra el Gobierno con otros Estados, debe ser aprobado y posteriormente incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por una ley de la República.

 

ACUERDOS COMERCIALES ― Entidades estatales ― Deber de verificación – Aplicabilidad procesos contractuales

 

[…] Las Entidades Estatales tienen la obligación de identificar los Acuerdo Comerciales aplicables a sus procesos de contratación, y de esta manera cumplir con las obligaciones previstas en materia de compras y contratación pública. Para ello, las Entidades Estatales deben tener en cuenta que los capítulos de compras y contratación pública de los acuerdos comerciales contienen: i) una lista de Entidades Estatales incluidas en el acuerdo comercial; ii) los valores a partir de los cuales el Acuerdo Comercial es aplicable al proceso de contratación y iii) las excepciones a la aplicación del acuerdo comercial. En suma, la finalidad de celebrar Acuerdos Comerciales es el cumplimiento recíproco de las obligaciones que estos contienen. Por ello, dependiendo del tratado y su contenido, se podrá determinar específicamente el tipo de obligaciones que Colombia tendrá que cumplir.

 

MANUAL PARA LA APLICACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES – Finalidad – Alcance

 

[…] La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación”, con el fin de lograr que las Entidades Estatales cumplan, en la práctica, de manera sencilla con las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado. Este Manual, sin introducir ninguna modificación o restricción a los tratados, condensa y explica los deberes internacionales del Estado colombiano que deben iluminar la actuación de las Entidades Estatales contratantes y, por tanto, el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación”, se constituye como una herramienta orientadora para conocer la cobertura de los Acuerdos Comerciales y los plazos correspondientes. Sin embargo, el uso del manual no exime a la entidad del deber de conocer y aplicar cada Acuerdo Comercial, según corresponda.

[…] El referido manual además de contener apartados respecto de las generalidades de los Acuerdos Comerciales, su importancia, las obligaciones que se derivan de estos, la forma de identificar su aplicabilidad a los procesos de contratación, entre otros aspectos, contiene cuatro (4) anexos en los que explica con mayor detalle, cada uno de esos temas. Así las cosas, en el Anexo 1 se encuentran listadas las excepciones que aplican por cada Acuerdo Comercial a las entidades del nivel nacional cubiertas por dichos acuerdos. […]el Anexo 4 establece la lista de excepciones de la aplicación de los compromisos y obligaciones contenidos en los Acuerdos Comerciales en relación con ciertos contratos y la adquisición de algunos bienes y servicios, pero no advierte sobre la inaplicabilidad de estos, a modalidades de selección en específico. Lo anterior, en razón a que, como se indicó previamente, dicha responsabilidad corresponde exclusivamente a la Entidad Estatal que adelanta el proceso de contratación.

 

 

Detalles del documento

Fecha08/04/2025
ActorJohana Stephania Alvear Velázquez
No. radicado internoC-268 de 2025
Año2025
MesAbril
Radicado de EntradaP20250225001837
Radicado de SalidaRS20250408003364
Radicado InternoC-268
DescriptorMANUAL PARA LA APLICACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES, ACUERDOS COMERCIALES
RestrictorFuentes, Aplicabilidad, Incorporación al ordenamiento nacional, Entidades Estatales, Deber de verificación, Aplicabilidad procesos de contratación, Finalidad, Alcance

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