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Documento: C-351 de 2025

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

DOCUMENTOS TIPO – Transporte – Versión 4 – Factor de calidad – Descuento de puntaje

El numeral 4.2 del documento base del documento tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, como parte de la valoración del factor calidad, dispone que las entidades estatales deberán consultar el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, de que trata la Ley 2020 de 2020, y descontar un (1) punto de la sumatoria obtenida en relación con el factor de calidad al proponente que cuente con alguna anotación vigente.

DOCUMENTOS TIPO – Factor de calidad – Descuento de puntaje – Anotación – Obras civiles inconclusas

El inicio del primer párrafo señalado, prescribe el deber de las entidades estatales de consultar y analizar las anotaciones vigentes que reposan en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, lo cual guarda coherencia con el artículo 6 de la Ley 2020 de 2020.

(…)

De esta manera, la connotación de las palabras “consultar y analizar” constituyen el marco respecto del cual se circunscribe el deber de la entidad de tener en cuenta las anotaciones en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, para efectos de la evaluación de los factores de ponderación de calidad. En otras palabras, las expresiones “consultar y analizar”, determinan el alcance de la interpretación tanto del contenido del artículo 6 de la Ley 2020 de 2020, como en el texto establecido en los Documentos Base, sobre el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas. En consecuencia, el primer aparte del párrafo del documento base determina el alcance del texto, mientras que el segundo fragmento dispone la consecuencia jurídica, esto es, -descontar un (1) punto de la sumatoria obtenida en relación con el factor de calidad-, por lo que este último no puede desligarse del otro y su interpretación debe realizarse en contexto.

DOCUMENTOS TIPO – Factor de calidad – Descuento de puntaje – Anotación – Obras civiles inconclusas – No oferte

Ahora bien, el segundo párrafo señalado con anterioridad del numeral 4.2, dispone que, no se descontará el puntaje cuando el proponente no oferte el factor de calidad, por lo que obtendrá cero (0) puntos en ese criterio de evaluación. En esta última circunstancia, la Entidad no podrá reducir el puntaje de la sumatoria obtenida en los demás factores de ponderación.

Detalles del documento

Fecha24/04/2025
ActorFernando José Gutiérrez Ibáñez
No. radicado internoC-351 de 2025
Año2025
MesAbril
Radicado de EntradaP20250323002819
Radicado de SalidaRS2025042400
Radicado InternoC-351
DescriptorDOCUMENTOS TIPO
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Transporte, Versión 4, Factor de calidad, Descuento de puntaje, Anotación, Obras civiles inconclusas, No oferte

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