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Documento: C-365 de 2025

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

DOCUMENTOS TIPO – Inalterabilidad

En virtud de la regla de inalterabilidad, los documentos tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento.

Por lo tanto, una entidad solo podrá modificar aspectos de los documentos tipo cuando así esté permitido, en los términos expuestos. Lo anterior implica que, en los apartes en que los documentos tipo no lo permitan, la entidad deberá integrar el contenido de estos a su proceso de contratación sin ningún tipo de alteración.

ESTUDIO DEL SECTOR – Documento tipo – Referencias

Otras referencias al estudio del sector en los documentos tipo se encuentran en el numeral 4.2 de los “Documentos Base” para licitación pública y selección abreviada de menor cuantía, en donde se alude a la información del estudio del sector, como sustento de la escogencia por parte de las entidades de los criterios que darán lugar a otorgar el puntaje del factor de calidad que procede en estas modalidades de selección. Asimismo, estos documentos en el numeral 3.5, al igual que la “Invitación” para procesos de mínima cuantía en el numeral 4.5, se refieren al estudio del sector, como una herramienta que sirve para determinar la necesidad de que en un proceso de selección se haga una excepción a la regla general que solo permite a los proponentes acreditar la experiencia que han adquirido por cuenta propia y no la de su matriz, subsidiarias o integrantes del mismo grupo empresarial. Por su parte, el documento de “Invitación” para procesos de mínima cuantía dispone en su numeral 2.8 que “la entidad debe justificar la inclusión o exclusión de anticipos basada en el estudio del sector y otros estudios que realice”, estableciendo además al iniciar el capítulo VII que la posibilidad de exigir garantías en estos procesos deberá ser consecuencia del “análisis de los riesgos del proceso y del sector económico”.

ESTUDIOS PREVIOS – Documento tipo – Referencias

Por otra parte, en relación con los estudios previos, el numeral 1.29 del anexo 3− Glosario, define los estudios previos como “Justificación jurídica, técnica, económica y financiera del proyecto que realiza la Entidad de acuerdo con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 o las normas que lo adicionen, modifiquen o complementen”.

La introducción del “Documentos Base” para licitación pública y selección abreviada de menor cuantía, y la “Invitación”, para procesos de mínima cuantía, se refieren a la disponibilidad de los documentos del proceso entre estos los estudios previos en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP–. También, el numeral 1.1 del “Documento base”, para licitación pública y selección abreviada de menor cuantía al referirse a la obra pública, establece que “tiene las especificaciones técnicas descritas en el Anexo 1 – Anexo Técnico y el Estudio Previo, los cuales incluyen la descripción de las obras e información técnica (…), mientras que la “Invitación” para procesos de mínima cuantía en el numeral 1.1 consagra que “la obra pública tiene las especificaciones técnicas descritas en el en el Capítulo II Especificaciones Técnicas de la Obra y el Estudio Previo, los cuales incluyen la descripción de las obras e información técnica (…)”.

ESTUDIO DEL SECTOR – Documento tipo – Alcance

[…] los procedimientos para selección de contratistas adelantados con documentos tipo, a pesar de contar con requisitos habilitantes e índices financieros previamente acotados por dichos documentos, con efectos obligatorios y carácter inalterable, no se encuentran exentos de la obligación de realizar tanto los estudios previos como un análisis del sector en el que tendrá lugar la contratación. Lo anterior, necesariamente requiere aplicar los artículos 2.2.1.1.2.1.1 y 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 del 2015, evidenciando el cumplimiento de estos requisitos dentro de los Documentos del Proceso.

[…] la información producto de este análisis, si bien no le servirá a las entidades para determinar los requisitos habilitantes e índices financieros, si permitirá por ejemplo tener un antecedente del compromiso presupuestal que involucra el contrato, realizar el análisis de los riesgos, determinar si una oferta contienes precios artificialmente bajos, sustentar la escogencia de los factores de calidad, determinar la posibilidad de que en un proceso los proponentes acrediten la experiencia de los integrantes de su grupo empresarial o la necesidad de exigir garantías en los procesos de mínima cuantía.

ESTUDIO DEL SECTOR – Documento tipo – Guía de elaboración de estudios del sector

La Guía de elaboración de estudios del sector, en el numeral 2. “Estudios del sector en los procesos de contratación de mínima cuantía, contratación directa y documentos tipo” determina que el estudio del sector es necesario en los Procesos de Contratación, y que la modalidad de selección no es relevante para determinar la procedencia o no del estudio del sector. Concretamente, en el numeral 2.3, en relación con los estudios del sector en documentos tipo dispone que, los documentos tipo adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente “(…) no se encuentran exentos de la obligación de realizar un estudio del sector” (y por lo tanto) la Entidad deberá aplicar los artículo 2.2.1.1.2.1.1 y 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, evidenciando el cumplimiento de estos requisitos dentro de los Documentos del Proceso.

Detalles del documento

Fecha02/05/2025
ActorDaniel Esteban Benítez Guerrero
No. radicado internoC-365 de 2025
Año2025
MesMayo
Radicado de EntradaP20250326002915
Radicado de SalidaRS20250502004281
Radicado InternoC-365
DescriptorDOCUMENTOS TIPO, ESTUDIO DEL SECTOR, ESTUDIOS PREVIOS
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Inalterabilidad, Documento Tipo, Referencias, Alcance, Guía de elaboración de estudios del sector

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