Menú Cerrar

Documento: C-451 de 2025

Descargar archivo

ADICIÓN DE CONTRATOS ESTATALES – Límite del 50% – Parágrafo del Artículo 40 de la Ley 80 de 1993 

Para efectos de establecer el límite de la adición de los contratos estatales al que hace referencia el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, el cual corresponde al cincuenta por ciento (50%) del valor inicial del contrato, expresado en salarios mínimos mensuales vigentes al momento de suscribir el contrato; dicho valor del SMLMV al momento en que se suscribe el contrato deberá dividirse por el valor inicial del contrato en pesos, y el resultado de la división entre el valor del SMLMV al momento de la suscripción y el valor inicial del contrato dará como resultado el número de SMLMV que se destinaron para la celebración del contrato. El resultado de dichos SMLMV deberá dividirse en dos y este resultado es el número de SMLMV hasta por los cuales puede adicionarse el contrato. 

CÁLCULO EN SMLMV – Vigente al momento de suscripción del contrato – Actualizado con SMLMV al momento de adición. 

El ejercicio de establecer el valor del contrato en SMLMV desde el momento de su suscripción podrá garantizar que durante la ejecución del mismo se contabilice el valor de la adición o adiciones en función del número de SMLMV y no en pesos, con ello se garantiza la plena aplicación de lo previsto en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. El razonamiento anterior se fundamenta en la forma como la Ley 80 de 1993 estableció el tope para las adiciones, acudiendo a una forma de actualización del valor, de acuerdo con los incrementos que tenga el salario mínimo, lo que resulta especialmente relevante en contratos de larga duración. En consecuencia, y según lo planteado en la consulta formulada, se considera que cuando el legislador fijó ese límite del valor de la adición de los contratos estatales acudiendo a la fórmula de los SMLMV quedó prevista intrínsecamente una actualización del valor del dinero.

Detalles del documento

Fecha19/05/2025
ActorZULMA PILAR PEÑALOSA BONILLA
No. radicado internoC-451 de 2025
Año2025
MesMayo
Radicado de EntradaP20250411003567
Radicado de SalidaRS20250519004984
Radicado InternoC-451 de 2025
DescriptorADICIÓN DE CONTRATOS ESTATALES, CÁLCULO EN SMLMV
RestrictorLímite del 50%, Alcance del parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, Vigente al momento de suscripción del contrato, Actualizado con SMLMV al momento de adición

Descargar archivo