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Documento: C-493 de 2025

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REQUISITOS HABILITANTES – Concepto

Los requisitos habilitantes constituyen los requerimientos mínimos con los que deben cumplir los proponentes para participar en el procedimiento de selección, por tal razón éstos no se valoran con un puntaje tendiente a determinar el orden de escogencia, sino que se analizan como criterios previos a la evaluación en sentido estricto, de manera que quienes no los reúnan no pueden continuar en el procedimiento de selección, es decir, incurren en causal de rechazo. Esto sin perjuicio del derecho que tienen los oferentes de subsanar los defectos que se presenten en la prueba de tales requisitos, de conformidad con el artículo 5, parágrafos 1º al 4º, de la Ley 1150 de 2007.

REQUISITOS HABILITANTES – Acreditación – RUP – Otros documentos

Ahora bien, el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, establece que “todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes (RUP). En dicho registro constará la información relacionada previamente con la experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente y su clasificación la cual ha tenido que ser acreditada con certificaciones y soportes ante las Cámaras de Comercio para que se surta su inscripción. Estos soportes en el caso de la experiencia igual podrán provenir de empresas nacionales o extranjeras, entidades públicas o privadas.

[…] No obstante lo anterior, el artículo 6 ibidem también prescribe que “no se requerirá de este registro, ni de clasificación, en los casos de contratación directa; contratos para la prestación de servicios de salud; contratos de mínima cuantía; enajenación de bienes del Estado; contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas; los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta y los contratos de concesión de cualquier índole. En los casos anteriormente señalados, corresponderá a las entidades contratantes cumplir con la labor de verificación de las condiciones de los proponentes”.

EXPERIENCIA – Forma de acreditación – Factura

debe precisarse que cuando por las características del objeto a contratar y con la finalidad de acreditar una debida idoneidad y experiencia del proponente, se requieran verificar requisitos o información adicional a los contenidos en el RUP, las entidades deben hacer la verificación de forma directa. En estos supuestos, la Entidad Estatal, en el marco de la autonomía y la potestad de dirección que le asiste en los procesos de contratación que adelanta debe establecer en los Documentos del Proceso –particularmente en el pliego de condiciones o la invitación– los documentos o instrumentos que exigirá a los proponentes para acreditar dicha experiencia, contando con cierta discrecionalidad para establecer qué documentos son adecuados y proporcionales para verificar el requisito de experiencia establecido.

[…]

Conforme a lo expuesto, en los supuestos señalado es viable que las entidades estatales soliciten, entre otros documentos, la factura para verificar información adicional relativa a la experiencia del proponente, siempre y cuando dicha exigencia haya sido previamente prevista en los pliegos de condiciones o documento equivalente. Así, la validez para exigir a los proponente la presentación de dicho documento para acreditar las condiciones de experiencia esta sujeta a su determinación previa en los pliegos de condiciones ya que, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, en estos se deben detallar los aspectos relativos a la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completa.

Detalles del documento

Fecha23/05/2025
ActorJuan Pablo Chaves Rodríguez
No. radicado internoC-493 de 2025
Año2025
MesMayo
Radicado de EntradaP20250423003852
Radicado de SalidaRS20250523005170
Radicado InternoC-493
DescriptorREQUISITOS HABILITANTES, EXPERIENCIA
RestrictorConcepto, Acreditación, Rup, OTROS DOCUMENTOS, Forma de Acreditación, Factura

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