CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS – Noción – Características
El contrato de prestación de servicios es uno de los tipos contractuales consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, que pueden celebrar las entidades estatales. Se trata de un contrato típico, ya que se encuentra definido en la ley. Concretamente, el numeral 3 del artículo 32, de la Ley 80 de 1993.
EXPERIENCIA – Definición – Acreditación –
Esta es concebida como un requisito habilitante, cuya acreditación por parte de quienes aspiran a celebrar contratos con el Estado resulta de particular importancia ya que garantiza, en cierto grado, que no habrá improvisación ni mayores costos por errores o dificultades originadas en realizar una actividad por primera vez. Las Entidades Estatales contratantes, como responsables de la estructuración de los Procesos de Contratación, son autónomas para establecer los requisitos habilitantes de experiencia, de acuerdo con el estudio realizado en marco del análisis del sector, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015.
En relación la acreditación de experiencia para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública no contempla ninguna regla especial, por lo que, en principio la acreditación de experiencia se rige por la normativa general relacionada con la acreditación de experiencia. Sin embargo, el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, si establece como condición para la celebración de este particular tipo de contratos que la Entidad Estatal verifique que el contratista tenga “la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate” el respectivo objeto contractual.
De acuerdo con lo anterior, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 supone que la Entidad Estatal establezca en los estudios previos unos parámetros mínimos de idoneidad o experiencia, a partir de los cuales pueda constatar la aptitud del aspirante a contratista, los cuales deberán ser adecuados y proporcionales a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Ahora bien, comoquiera que la modalidad de selección aplicable a los contratos de prestación de servicios es la contratación directa, la cual está relevada de la presentación del RUP, la verificación de estos requisitos deber ser realizada directamente por la entidad estatal contratante.
Experiencia – Tiempo – Contratos ejecutados de manera simultanea
Explicado lo anterior, en relación con el objeto de la consulta, resulta necesario acotar que, tratándose de la acreditación de requisitos dirigidos a medir la idoneidad del oferente a partir del tiempo correspondiente a la experiencia profesional adquirida por el contratista respecto de determinadas actividades, no se estima adecuado que al realizar la sumatoria de los plazos correspondientes a la ejecución de contratos de manera simultánea. Esto comoquiera que, si lo que se pretende determinar es el tiempo durante el cual una persona ha ejecutado determinadas actividades, la simultaneidad en la ejecución de estos precisamente indica que estas las acciones desarrolladas en cumplimiento de ambos contratos tuvieron lugar durante un mismo periodo de tiempo, por lo que realizar la sumatoria de los plazos de ambos contratos para la acreditación de un mismo requisito devendría en dar por cierta una circunstancia contraria a la realidad. De hecho, tratándose de la acreditación de la experiencia requerida para ejercer cargos públicos el artículo 2.2.2.3.8 del Decreto 1083 de 2015 establece que cuando el aspirante “[…] haya prestado sus servicios en el mismo período a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez ”.
Detalles del documento | |
Fecha | 08/10/2024 |
Actor | Juan Sebastián Mora Chávez |
No. radicado interno | C-523 de 2024 |
Año | 2024 |
Mes | Octubre |
Radicado de Entrada | P20240827008700 |
Radicado de Salida | RS20241008013962 |
Radicado Interno | C-523 de 2024 |
Descriptor | CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EXPERIENCIA |
Restrictor | Noción, Características, Definición, Acreditación, Tiempo, Contratos ejecutados de manera simultanea |