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Documento: C-602 de 2025

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EXPERIENCIA – Matriz 1 – Documentos Tipo

 

La experiencia se deriva de los contratos que el proponente ha celebrado y ejecutado con diferentes contratantes, sin importar la naturaleza de estos.  Se verifica con el Registro Único de Proponentes –RUP–, cuando este certificado sea exigible de acuerdo con la ley. En este constan los requisitos habilitantes, que se evalúan exclusivamente con este documento, que es su plena prueba, sin que sea posible para la entidad o el proponente solicitar o aportar otra documentación, sin perjuicio de lo indicado cuando se requiere acreditar información adicional que no se encuentra en dicho registro.

[…]

Por su parte, la “Matriz 1 – Experiencia” estandariza las condiciones de experiencia general y/o experiencia específica que deben requerir las entidades estatales a los proponentes para acreditar el requisito de experiencia, de acuerdo con: i) el tipo de interventoría de infraestructura social, ii) la actividad a contratar y iii) la cuantía del proceso de contratación.

DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Experiencia – Presupuesto Oficial – Porcentaje – Actividades principales y secundarias 

Es claro, entonces, que el valor al cual se hace referencia para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras de infraestructura social, se circunscribe al presupuesto oficial de la interventoría, no del contrato de obra respecto del cual se contratará la interventoría.

En el mismo sentido, el literal A del numeral 10.1.1 del Documento Base, que contempla las características de los contratos presentados para acreditar la experiencia del proponente, establece que los contratos para acreditar la experiencia deben cumplir las siguientes características:

[…]

Es importante aclarar que, en los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social, cuando se soliciten varias experiencias en virtud de la combinación de estas, para la acreditación de la experiencia exigida en las actividades secundarias, si la Entidad desagrega el valor de las actividades, la comprobación de la experiencia de los componentes que están supeditados a un porcentaje del presupuesto oficial se realizará de acuerdo con el valor de cada actividad secundaria. En este último caso, la Entidad Estatal indicará en este literal el valor del presupuesto oficial que corresponde a cada uno, es decir, no es posible solicitar o acreditar experiencia para actividades accesorias en función de la totalidad del presupuesto oficial del proceso de concurso de méritos, en caso de que la Matriz 1 no estipule alguna condición especial que la entidad deba atender.

Detalles del documento

Fecha27/06/2025
ActorClaudia Milena Trujillo Ángel
No. radicado internoC-602 de 2025
Año2025
MesJunio
Radicado de EntradaP20250516004713
Radicado de Salida2_2025_06_27_006474
Radicado InternoC-602
DescriptorEXPERIENCIA, DOCUMENTOS TIPO
RestrictorMatriz 1, Documentos tipo, Infraestructura social, Presupuesto oficial, Porcentaje, Actividades principales y secundarias

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