Menú Cerrar

Documento: C-619 de 2025

Descargar archivo

CAPACIDAD RESIDUAL – Concepto

La capacidad residual es una aptitud que se le exige a los oferentes en los procesos de selección de contratistas con el objetivo de establecer o determinar si éstos pueden o no cumplir de manera oportuna y a cabalidad con las obligaciones derivadas del contrato de obra pública, sin que los demás compromisos contractuales que hubieran adquirido afecten su capacidad para cumplir con el objeto del contrato que está en proceso de selección.

Por su parte, esta Agencia, en los conceptos C-033 del 25 de marzo de 2021 y C-143 del 9 de abril de 2021, definió la capacidad residual como la suficiencia que se predica del proponente para asumir nuevas obligaciones que se derivan del contrato objeto del proceso de contratación, en relación con las obligaciones que ha adquirido simultáneamente en contratos ya perfeccionados y en ejecución.

Del recuento realizado hasta aquí se concluye que la capacidad residual se entiende como la suficiencia que se predica del proponente para asumir y cumplir de manera oportuna y a cabalidad con las nuevas obligaciones que se derivan del contrato objeto del proceso de contratación, en relación con las obligaciones que ha adquirido simultáneamente en otros contratos. Así mismo, de acuerdo con la reglamentación vigente, para su cálculo se tienen en cuenta solamente los contratos de obras civiles, por lo cual, el interesado deberá aportar únicamente los documentos de los contratos en ejecución de este tipo.

CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL – Documentos requeridos – Cálculo

El artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 dispuso que las entidades estatales deben calcular la capacidad residual conforme a la metodología definida por Colombia Compre Eficiente y precisó que, para tales fines, resulta necesario tener en cuenta los factores de: i) experiencia; ii) capacidad financiera; iii) capacidad técnica; iv) capacidad de organización; y v) los saldos de los contratos en ejecución […]

Así mismo, esta Agencia expidió la “Guía para Determinar y Verificar la capacidad residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública”, en la cual dispone, entre otras cuestiones, que a la entidad contratante le corresponde, primero, establecer la capacidad residual del proceso de contratación “CRPC” y, segundo, determinar si los proponentes cumplen con la capacidad residual del proceso de contratación […]

Se observa que la guía expedida por esta Agencia para calcular la capacidad residual señala que el proponente debe allegar, entre otros documentos, los contratos en ejecución y define estos como aquellos contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con entidades estatales y con entidades privadas para ejecutar “obras civiles”.

CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL – Saldos de contratos en ejecución – Persona jurídica

Para calcular la capacidad residual de un proponente, es necesario considerar su naturaleza jurídica, ya sea como persona natural, persona jurídica o proponente plural (consorcio o unión temporal). En primer lugar, debe tenerse en cuenta la Guía para determinar y verificar la capacidad residual del proponente en los procesos de contratación de obra pública, expedida por esta Agencia.

Dicha guía establece que, en lo relacionado con el factor de saldos de contratos en ejecución, los proponentes que sean personas naturales o jurídicas deben presentar una certificación que contenga la información correspondiente al contrato que se está ejecutando. En el caso de los proponentes plurales, se debe considerar el porcentaje de participación de cada miembro para determinar el saldo que le corresponde.

Lo anterior, en razón a que el proponente plural no es una persona jurídica; su capacidad jurídica depende de la de sus miembros. Por lo tanto, para efectos del cálculo de la capacidad residual, es necesario determinar el saldo de contratos en ejecución correspondiente a cada miembro, en proporción a su participación dentro del proponente plural.

Detalles del documento

Fecha de Entrada
Fecha de Salida27/06/2025
ActorP20250519004800
No. radicado internoC-619 de 2025
Radicado de EntradaJosé Miguel Ruiz Diaz
Radicado de Salida2_2025_06_27_006476
Radicado InternoC-619
DescriptorCAPACIDAD RESIDUAL, CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL
RestrictorConcepto, Documentos requeridos, Cálculo, Saldos de contratos en ejecución, Persona jurídica

Descargar archivo