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Documento: C-720 de 2025

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RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Carácter restrictivo

Debido a las restricciones que impone el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, este se tipifica en la Ley expresamente y su interpretación debe ser restrictiva. Es decir, las causales de inhabilidad e incompatibilidad deben estar enunciadas en las normas de forma taxativa y al aplicarse en una situación particular su interpretación debe ser restrictiva, de tal forma que no se admita una interpretación amplia o extensiva que permita contemplar supuestos indeterminados como causales de inhabilidad o impedimentos.

APLICACIÓN DE LA LEY 1952 DE 2019 – INHABILIDAD EXALCALDE – ASUNTOS CONCRETOS DE SUS FUNCIONES

En el caso de un exalcalde, la Ley 1952 de 2019 establece que la inhabilidad para prestar servicios a la misma entidad territorial tiene una duración de un (1) año después de la dejación del cargo, salvo que se trate de asuntos concretos de los cuales el exalcalde tuvo conocimiento en ejercicio de sus funciones, en cuyo caso la incompatibilidad es indefinida.

Detalles del documento

Fecha de Entrada
Fecha de Salida14/07/2025
ActorKatia
No. radicado internoC-720 de 2025
Radicado de Entrada1-2025-06-05-005498
Radicado de Salida2_2025_07_14_007045
Radicado InternoC-720
DescriptorRÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, APLICACIÓN DE LA LEY 1952 DE 2019, INHABILIDAD EXALCALDE, ASUNTOS CONCRETOS DE SUS FUNCIONES
RestrictorCarácter restrictivo

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