SALVEDADES – Acta de liquidación bilateral – Definición de motivos concretos
[…] para la validez y prosperidad de la reclamación económica que en tal sentido elevó el contratista, es preciso que este describa y especifique de manera concreta las razones y los conceptos de los mayores valores económicos que afirme haber tenido que asumir con la ejecución del contrato, lo cual, en este caso concreto, debió consignarse en el acta de liquidación bilateral, pues, no es suficiente con anotar o consignar una reclamación abstracta o genérica sobre ese aspecto.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO ESTATAL – El contratista no está obligado a incluir salvedades
[…] debe precisarse también que, si bien se celebraron varios modificatorios del contrato, el Contratista no estaba obligado a incluir salvedades en ninguno de ellos, pues, las partes no transigieron los costos adicionales que el contratista tuvo que asumir por la pandemia del Covid-19: todos los documentos modificatorios se refirieron a otros asuntos presentados durante la ejecución del contrato; en ese sentido, la ausencia de salvedades en esos documentos no puede interpretarse, necesariamente, como una renuncia por parte del contratista.
CONTRATO PARA REALIZAR OBRAS DE ESPACIO PÚBLICO – ENTIDADES ESTATALES – DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO – EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO – Ordinal 8º del artículo 4 de la Ley 80 de 1993 – Ordinal 1º del artículo 5º del EGCAP – Remuneración pactada – Situaciones imprevistas, irresistibles y exógenas – Pandemia – Covid 19
El ordinal 8º del artículo 4 de la Ley 80 de 1993 dispone que las entidades estatales deben adoptar “las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación”; en concordancia el ordinal 1º del artículo 5º del estatuto de contratación establece que los contratistas tienen derecho a que “el valor intrínseco de la [remuneración pactada] no se altere o modifique durante la vigencia del contrato”, de forma tal que, las entidades deben restablecer el equilibrio económico del contrato “a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas” y, el artículo 27 del mismo cuerpo normativo preceptúa que si la “igualdad o equivalencia se rompe por causas no imputables a quien resulte afectado, las partes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para su restablecimiento”.
COVID 19 – Hecho irresistible e imprevisible – No imposibilitó la ejecución del contrato estatal – ROMPIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO – Acreditación
[…] está demostrado que la situación de la pandemia del COVID-19 fue un hecho irresistible e imprevisible que afectó la ejecución del contrato, no obstante, el contrato pudo ejecutarse correctamente e incluso la obra fue recibida a satisfacción, lo que significa que la ocurrencia de la pandemia no imposibilitó la ejecución del contrato, razón por la cual podría pensarse que, en principio, habría lugar a restablecer su equilibrio económico. Sin embargo, el demandante no acreditó que los costos generados por motivo de la pandemia del COVID-19 generaron un rompimiento del equilibrio económico del contrato
CONTRATO ESTATAL – ROMPIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO – Acreditar pruebas – Demostrar incrementos o sobre ejecuciones – Ecuación económica del contrato estatal
En oportunidades anteriores, esta corporación ha señalado que no basta con demostrar que hubo un aumento en algunos costos del contrato, sino que, es necesario demostrar el impacto en la totalidad de la ecuación contractual.
Detalles del documento | |
Fecha | 28/04/2025 |
Número expediente/radicado interno | 70.364 |
Demandado | MUNICIPIO DE MEDELLÍN |
Actor | CONSORCIO CORREDOR BOLÍVAR |
Providencia | Sentencias |
Sección / Sala | Sección Tercera |
Subsección | B |
Ponente | FREDY IBARRA MARTÍNEZ |
Medio de Control / Acción | Acción Contractual |
Recurso | Apelación sentencia |
Año | 2025 |
Mes | Abril |
Tipo de Contrato / Acto Administrativo | Contrato de obra pública |
Tema | Contrato de obra pública |
Naturaleza | Contractual |
Descriptor | SALVEDADES, MODIFICACIONES DEL CONTRATO ESTATAL, CONTRATO PARA REALIZAR OBRAS DE ESPACIO PÚBLICO, ENTIDADES ESTATALES, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO, EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO, COVID 19, ROMPIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO, CONTRATO ESTATAL |
Restrictor | Acta de liquidación bilateral, Definición de motivos concretos, El contratista no está obligado a incluir salvedades, Ordinal 8º del artículo 4 de la Ley 80 de 1993, Ordinal 1º del artículo 5º del EGCAP, Remuneración pactada, Situaciones imprevistas, irresistibles y exógenas, Pandemia, Covid 19, Hecho irresistible e imprevisible, No imposibilitó la ejecución del contrato estatal, Acreditación, Acreditar pruebas, Demostrar incrementos o sobre ejecuciones, Ecuación económica del contrato estatal |