1-El tribunal declara que, la no entrega por parte de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA – ANI a la sociedad CONCESIÓN VÍAS DEL NUS S.A.S. de la Estación de Peaje Niquia el día 2 de agosto de 2021 afectó y afecta de manera negativa los ingresos del Proyecto en cuanto estos resultan significativamente disminuidos.
2-El tribunal condena a la agencia nacional de infraestructura – ANI- a pagar a la sociedad concesión vías del NUS S.A.S., la suma de sesenta y siete mil ochocientos setenta y ocho millones novecientos diecisiete mil quinientos ochenta y seis pesos m.l. ($67.878.917.586), que representa los ingresos del proyecto no obtenidos entre el 2 de agosto de 2021 y marzo de 2023, por la ausencia del peaje de niquia, en los términos, con el preciso entendimiento y por todo lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
3- El tribunal Condena a la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA – ANI a pagar a la sociedad CONCESIÓN VÍAS DEL NUS S.A.S., la suma de MIL CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS ML ($1.190’000.000), por concepto de costas, según liquidación realizada en la Parte Motiva. En consecuencia PROSPERA la pretensión SEGUNDA de condena de la demanda arbitral reformada, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
Detalles del documento | |
Fecha | 07/11/2023 |
Convocado | Agencia Nacional de Infraestructura - ANI |
Convocantes | Concesión Vías Del Nus S.A.S. – Vinus S.A.S. |
Año | 2023 |
Mes | Noviembre |
Descriptor | CONTRATO DE CONCESIÓN, DESEQUILIBRIO ECONÓMICO, ECUACIÓN CONTRACTUAL |
Restrictor | Incumplimiento de la obligación, Ejecución del contrato, Modelo financiero Contractual, Contrato Estatal |