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Ley 1296 de 2009

Nota: la siguiente norma se trascribe completa, pero de ella la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– solo ha emitido conceptos que interpretan las siguientes disposiciones relacionadas con la contratación estatal: 1. 

Los conceptos se relacionan al pie de cada disposición, y abren dando “clic” en el hipervínculo. 

LEY 1296 DE 2009

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se modifica el artículo 1o de la Ley 1148 de 2007.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. El inciso 3o del artículo 1o de la Ley 1148 de 2007, modificatorio del artículo 49 de la Ley 617 de 2000, quedará así:

“Los cónyuges o compañeros permanentes de los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales, concejales municipales y distritales y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil no podrán ser contratistas del respectivo departamento, distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas, ni directa, ni indirectamente”.

Ver concepto ( C-190 del 30/04/2021) C-262 del 21/09/2021, , C-190 del 30/4/2021

ARTÍCULO 2o. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República,

HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

GERMÁN VARÓN COTRINO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2009.

El Ministro del Interior y de Justicia, Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto número 1378 del 22 de abril de 2009.

FABIO VALENCIA COSSIO

El Ministro del Interior y de Justicia,

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH CRISTINA RODRÍGUEZ TAYLOR.

Detalles del documento

Fecha29/04/2009
Tipo de normativaLey
Año2009
MesAbril
EpígrafePor medio de la cual se modifica el artículo 1o de la Ley 1148 de 2007.