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Documento: C-712 de 2024

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SECOP I y II – Principio de Publicidad y Transparencia

[…] Aunque no existe norma expresa que indique la necesidad de adelantar una audiencia pública para la apertura de sobres dentro del proceso de selección abreviada de mínima cuantía, debe cumplirse la Circular Externa Única proferida por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. Esta indica que aquellos procesos que se adelanten mediante publicación en SECOP I requieren que la apertura de ofertas se realice en presencia de proponentes o veedores y la elaboración de un acta de cierre, mientras que los procesos adelantados en el SECOP II no requieren de dicha asistencia, pues la publicación de la lista de oferentes hace las veces de acta de cierre. Así mismo debe tenerse en cuenta que en la actualidad, por regla general, los procesos contractuales deben adelantarse en el SECOP II y, al tramitarse por esta plataforma, se podrá prescindir de la audiencia pública de selección. […]

Detalles del documento

Fecha12/11/2024
ActorAnónimo
No. radicado internoC-712 de 2024
Año2024
MesNoviembre
Radicado de EntradaP20241003010111
Radicado de Salida RS20241112015258
Radicado InternoC-712 de 2024
DescriptorSECOP I y II
RestrictorPrincipio de Publicidad y Transparencia, Publicidad, SECOP, Acceso de los interesados, SECOP II

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