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Documento: C-744 de 2024

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TERMINACIÓN DEL PROCESO EN SECOP II- Aplicación

 

Asi las cosas, se podrá efectuar el cierre en la plataforma SECOP II de los procesos que hayan cumplido con las obligaciones post-contractuales y de los contratos cuyo plazo de ejecución haya finalizado y no requiera de liquidación o no se encuentren obligaciones postcontractuales pendientes.

De esta manera, el cierre del proceso en la plataforma SECOP II dependerá la causal de terminación y de las disposiciones específicas del contrato.

De la misma manera el Artículo 2.2.1.1.2.4.3. del Decreto 10082 de 2015 establece que […] Vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, la Entidad Estatal debe dejar constancia del cierre del expediente del Proceso de Contratación.

Detalles del documento

Fecha29/11/2024
ActorJONATHAN MAURICIO GALINDO CUPAJITA
No. radicado internoC-744 de 2024
Año2024
MesNoviembre
Radicado de EntradaP20241016010509
Radicado de SalidaRS20241129015918
Radicado InternoC-744 del 2024
DescriptorCIERRE DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL
RestrictorOportunidad, Circular Externa N° 002 de 2023, Terminacion del proceso

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