Documento: 25000233600020190040601 de 2025

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13/06/2025 Providencias Consejo de Estado

Contrato Estatal –Alcance– Salvedades – Sentencia de Unificación de la Sección Tercera del Consejo de Estado –

[…] la Sala pone de presente que, mediante Sentencia de 27 de julio de 2023, la Sala Plena de esta Sección unificó su jurisprudencia en el siguiente sentido (se trascribe): Cuando se llegue a acuerdos durante la  ejecución de un contrato, el juez deberá estudiar las pretensiones, aunque  la parte no haya elevado una reclamación específica o no haya formulado  una salvedad cuando se firman suspensiones, adiciones o prórrogas del plazo contractual o se pactan contratos adicionales u otrosíes o haya guardado silencio al suscribir tales acuerdos. El deber del juez será desentrañar, en cada caso, cuál fue el acuerdo de las partes y su alcance según las reglas de interpretación de los contratos, las normas supletivas aplicables a los tipos contractuales contenidas en las reglas civiles y comerciales y, por supuesto, la ejecución de buena fe del contrato. Conforme a dichas reglas, establecerá si las partes pretendieron o no, con ese acuerdo, regular los asuntos cuya reclamación ahora se formula y los  términos de ese pacto. De ahí que, si no se acordó nada por las partes o se  guardó silencio, deberá estudiarse, en cada caso, si esas pretensiones judiciales tienen fundamento o no en lo pactado en el contrato y según lo que resulte probado.

Detalles del documento
Fecha28/04/2025
Número expediente/radicado interno70062
DemandadoNación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional (Ejército Nacional)
ActorInstituto de Desarrollo Urbano (IDU)
ProvidenciaAutos
Sección / SalaSala de Consulta
SubsecciónA
PonenteAlberto Montaña Plata
Medio de Control / AcciónAcción Contractual
RecursoAnulación de laudo arbitral
Año2025
MesAbril
Tipo de Contrato / Acto AdministrativoActo administrativo
TemaAcción de Cumplimiento
NaturalezaContractual
Descriptor
Restrictor