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Documento: C-1120 de 2025

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CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES – Generalidades – Requisitos- Cuantía del proceso

En los casos de los procesos cuya cuantía es indeterminada y se fije para efectos fiscales, le corresponderá a la entidad contratante determinar si se ajusta a estos presupuestos normativos previamente señalado en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 y para lo cual deberán motivar su decisión, atendiendo a los principios de la contratación estatal, función administrativa y dando aplicación al artículo 44 de la ley 1437 de 2011.

Ahora bien, aunque hay contratos de cuantía indeterminada debido a la complejidad de la prestación a través de los años y modalidad, no quiere decir dicha prestación no tengan un valor económico. En ese caso, la Entidad Estatal realiza un análisis financiero prospectivo o proyectado a los años del plazo para establecer el valor proyectado, por lo que no será un proceso sin cuantía. Contrario sensu, existen otros procedimientos contractuales que son sin compromiso presupuestal por lo que no tienen disponibilidad ni registro, no es de su naturaleza disponer de dichos recursos o aportes para su trámite o perfeccionamiento, como es el caso de los memorandos de entendimientos o los convenios marcos cuyo objeto es aunar esfuerzos conjuntos misionales a temas varios, los cuales pueden ser sujetos de contratos derivados y específicos y en estos si va inmersa los aportes o disponibilidades presupuestales, y serán estos los que si tengan cuantía.

Detalles del documento

Fecha de Entrada11/08/2025
Fecha de Salida22/09/2025
ActorCesar Mauricio Martínez Delgado
No. radicado internoC-1120 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_08_11_008361
Radicado de Salida2_2025_09_22_010005
Radicado InternoC-1120 de 2025
Descriptor CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES
RestrictorGeneralidades, Requisitos, CUANTÍA DEL PROCESO

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