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Documento: C-1181 de 2025

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ESTUDIOS PREVIOS – Planeación en los procesos de contratación pública

El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –en adelante EGCAP– contiene disposiciones que exigen a las Entidades Estatales el deber de realizar planeación en la etapa precontractual, para que los procesos de contratación satisfagan las necesidades de la Administración, cumplan sus fines, logren la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y permitan la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran en la consecución.

ESTUDIOS PREVIOS – Estudio del sector

Por otra parte, los numerales 2 y 4 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 exigen que en los estudios previos se determine el objeto a contratar con sus especificaciones, y se señale el valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Para cumplir este objetivo es necesario el análisis del sector económico y de los oferentes, actividad de planeación previa que sirve para identificar aspectos concretos del mercado que pueden afectar el proceso de selección o las condiciones del negocio a realizar mediante el proceso de contratación de bienes, obras o servicios.

En este sentido, el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 dispone que “La Entidad Estatal debe hacer, durante la etapa de planeación, el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de Riesgo. La Entidad Estatal debe dejar constancia de este análisis en los Documentos del Proceso”.

De acuerdo con la norma señalada, la entidad debe realizar el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación, sin que sea relevante la modalidad de selección.

ESTUDIOS DE MERCADO – Mecanismos – Cotizaciones – Precios históricos

[…] es importante advertir que no es posible plantear una relación jerárquica entre ambos mecanismos, pues su aplicación y análisis dependerá de la autonomía y responsabilidad del estructurador del proceso, así como de las características del objeto a contratar. De esta forma, existe una relación complementaria entre la revisión de las cotización y el análisis de los precios históricos pues la implementación de ambos puede otorgar herramientas más completas para que la entidad determine el presupuesto oficial. Por ejemplo, la entidad puede adelantar un sondeo del mercado, incorporando los precios históricos en un ejercicio de indexación para establecer el precio con mayor precisión. Por otra parte, puede que el sondeo de mercado genere una realidad que no sea acorde con los precios que históricamente ha pagado la entidad, o que la revisión de precios históricos determine valores inferiores frente a lo que exige el mercado al momento de estructurar el proceso; en ambos supuestos, la utilización de estos mecanismos de forma complementaria permitirá que la entidad tenga una perspectiva más completa del mercado y le indicará si es necesario que requiera aclaraciones o precisiones adicionales.

Detalles del documento

Fecha de Entrada21/08/2025
Fecha de Salida01/10/2025
ActorLuis Esteban Reyes Arias
No. radicado internoC-1181 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_08_21_008874
Radicado de Salida2_2025_10_01_010364
Radicado InternoC-1181 de 2025
DescriptorPLANEACIÓN, ESTUDIOS PREVIOS, ESTUDIOS DE MERCADO
RestrictorEstudios previos, Análisis del sector, PLANEACIÓN EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Estudio del mercado, Finalidad, Recomendaciones, Colombia Compra Eficiente, Guía de elaboración de estudios del sector

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