CONTRATO ESTATAL – Requisitos esenciales – Perfeccionamiento
[…] La única diferencia es que, en los contratos estatales, aquel debe cumplir con la solemnidad escrituraria, que significa la formalidad del escrito, convirtiéndose así en lo sustancial del acto jurídico, en virtud de los artículos 39 y 41 de la Ley 80 de 1993. En otras palabras, el contrato estatal existe y se perfecciona cuando consta por escrito y el contenido de ese escrito contenga el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación.
En ese contexto, queda claro que, para reputarse la existencia de un contrato estatal, sea este contrato de prestación de servicios o cualquier otro contrato en donde participan entidades estatales, necesariamente debe darse dicho acuerdo entre personas capaces legalmente, manifestar su consentimiento libre y sin vicios, establecerse un objeto y una causa lícita y elevarse dicho acuerdo a escrito, donde se identifique con claridad el objeto contractual y la contraprestación que la entidad estatal deberá reconocer al contratista seleccionado.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS ESTATALES – Celebración del contrato estatal – Elementos Del Contrato
Los requisitos de perfeccionamiento del contrato estatal son mandatos normativos que determinan cuándo se entiende celebrado. Es decir, se trata de prescripciones que establecen en qué momento existe el contrato. Según el artículo 1.501 del Código Civil, todo contrato se caracteriza por tener tres tipos de elementos: los de la esencia, los de la naturaleza y los accidentales.
REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ESTATAL – Legales – Convencionales
[…] los requisitos de ejecución de los contratos estatales pueden ser “legales” o “convencionales”. Los primeros son aquellos que se encuentran previstos en la ley. Los segundos son estipulados por las partes. En otros términos, los requisitos legales de ejecución son elementos de la naturaleza, mientras que los requisitos convencionales de ejecución son elementos accidentales.
[…]
Como puede observarse, los requisitos legales de ejecución son: (i) la aprobación de las garantías exigidas en el contrato, (ii) la existencia de la apropiación presupuestal correspondiente y (iii) la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral.
Por su parte, serán requisitos convencionales aquellos que no se encuentran consagrados en la ley, sino que se pactan en la minuta del contrato o que el contratista acepta al momento de adherirse al clausulado del pliego de condiciones o documento equivalente.
APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL – Obligación – Proponente–Contratista
[…] en materia de contratación estatal, el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 modificó el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, incluyendo la obligación, para los proponentes y contratistas, de acreditar estar a paz y salvo con los aportes parafiscales al Sistema de Seguridad Social Integral.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 17/09/2025 |
| Fecha de Salida | 24/10/2025 |
| Actor | Carlos Enrique Guerrero Vela |
| No. radicado interno | C-1335 de 2025 |
| Radicado de Entrada | 1_2025_09_17_010222 |
| Radicado de Salida | 2_2025_10_24_011290 |
| Radicado Interno | C-1335 de 2025 |
| Descriptor | CONTRATO ESTATAL, REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS ESTATALES, REQUISITOS DE EJECUCION DEL CONTRATO ESTATAL, APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL |
| Restrictor | Requisitos esenciales, Perfeccionamiento, Celebración del contrato estatal, Elementos del contrato, Legales, Convencionales, Obligación, Proponente, Contratista |
