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Documento: C-1397 de 2025

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INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Concepto

Las inhabilidades son prohibiciones para concurrir a los procedimientos de selección y para contratar con el Estado, que se derivan de:  i) la existencia de comportamientos reprochables o sanciones anteriormente impuestas, ii) vínculos personales relativos al parentesco o al estado civil o iii) una actividad u oficio que se desempeñó en el pasado. De otro lado, las incompatibilidades son prohibiciones para participar en los procedimientos de selección y para celebrar contratos estatales, fundadas en la presencia de una calidad que ostenta el sujeto interesado en realizar alguna de dichas actividades, que no puede coexistir con su calidad de proponente o contratista del Estado.

INHABILIDADES – Clasificación – Sanción – Proceso sancionatorio – Requisito – Condiciones personales – vigencia – certificado de antecedentes disciplinarios.

Conviene también distinguir las fuentes de las inhabilidades, las cuales han sido clasificadas en dos (2) grupos: i) inhabilidades-sanción y ii) inhabilidades-requisito. En el primer grupo se encuentran las inhabilidades que surgen como consecuencia de un proceso sancionatorio, en los ámbitos penal, disciplinario, contravencional o de pérdida de investidura. En el segundo grupo están aquellas que no devienen de un proceso sancionatorio, sino de condiciones propias de la persona y garantizan la moralidad, la imparcialidad, la eficacia y la transparencia.

Ahora bien, esta inhabilidad tiene un término de duración específico fijado por la sentencia judicial o la ley, y no es indefinida. Por lo tanto, en atención al problema jurídico planteado el factor determinante es establecer si dicha pena accesoria (la inhabilidad) sigue vigente o si ya expiró.

 Esta vigencia se evidencia en el certificado de antecedentes disciplinarios y de inhabilidades emitido por la Procuraduría General de la Nación. Si este documento oficial certifica que la persona actualmente no tiene sanciones ni inhabilidades vigentes, significa que el tiempo de la inhabilidad impuesta (accesoria a la condena penal) ha expirado.

INHABILIDADES – Taxatividad – Principio de legalidad – Interpretación restrictiva –

Ahora bien, al ser las inhabilidades e incompatibilidades –como ya se dijo– restricciones o límites especiales a la capacidad para presentar ofertas y celebrar contratos estatales, la interpretación de las causales que las integran debe ser restrictiva, pues si se admitiera una interpretación amplia, extensiva o finalista de las mismas, tales enunciados normativos podrían cobijar múltiples supuestos indeterminados, según el parecer o el sentido común de los operadores jurídicos, poniendo en riesgo principios como la igualdad, el debido proceso, la libre concurrencia y el ejercicio de la profesión u oficio.

Detalles del documento

Fecha de Entrada29/09/2025
Fecha de Salida05/11/2025
ActorCONCEJO MUNICIPAL DE PASTO
No. radicado internoC-1397 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_09_29_010742
Radicado de Salida2_2025_11_05_011671
Radicado InternoC-1397 de 2025
DescriptorINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, INHABILIDADES
RestrictorConcepto, Clasificación, Sanción, Proceso sancionatorio, Requisito, Condiciones personales, Taxatividad, Principio de legalidad, Interpretación restrictiva

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