Menú Cerrar

Documento: C-1582 de 2025

Descargar archivo

APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS – Facultad legal del contratista de prestación de servicios – Incompetencia para aprobar pólizas

Respecto a si una persona vinculada mediante contrato de prestación de servicios profesionales tiene la facultad legal para aprobar pólizas, esta Agencia considera que la respuesta es negativa… la aprobación de la garantía es un requisito indispensable para la ejecución del contrato… al tratarse de un acto de aval por parte de la administración, dicha competencia recae en los servidores públicos que ejercen la ordenación del gasto o la supervisión directa, y no en particulares que prestan apoyo a la gestión».

SECOP II – Aprobación de las garantías – Gestión integral en la plataforma transaccional

Ahora bien, se advierte que la aprobación de las garantías se realiza integralmente en la plataforma. Es decir, contrario a lo planteado en la solicitud, no es posible cargar un oficio o un PDF que de cuenta del cumplimiento de este requisito… El SECOP II habilitará una ventana emergente con los datos de la garantía y el documento anexo… Para aprobar o rechazar la garantía enviada por el Proveedor haga clic en ‘Enviar para aprobación.

ACTA DE APROBACIÓN DE GARANTÍAS – Ausencia de regulación expresa – Facultad de la entidad estatal – No sustitución de las obligaciones en SECOP II

Al revisar la normativa que regula la actividad contractual de las entidades estatales, se advierte que la denominada acta de aprobación de pólizas no cuenta con una regulación expresa dentro del Sistema de Contratación Pública. No obstante, en ejercicio de la autonomía de la voluntad que les asiste, las entidades estatales pueden establecer la suscripción de un documento con dicha denominación y finalidad. Ello, sin embargo, no implica que su adopción releve a la entidad del cumplimiento de las actuaciones que deban ejecutarse dentro de la respectiva plataforma transaccional.

Detalles del documento

Fecha de Entrada28/10/2025
Fecha de Salida04/12/2025
ActorJosé Manuel Ramírez Rincón
No. radicado internoC-1582 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_10_28_012094
Radicado de Salida 2_2025_12_04_012732
Radicado InternoC-1582 de 2025
DescriptorAPROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS, SECOP II, ACTA DE APROBACIÓN DE GARANTÍAS
RestrictorRequisito de ejecución, Aprobación de las garantías, GESTIÓN EN LA PLATAFORMA, Sin regulación expresa, Autonomía de la voluntad, No implica omisión en SECOP II

Descargar archivo