DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Inalterabilidad
Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en dichos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. Por lo tanto, las entidades estatales, al realizar sus procedimientos de selección, solo podrán modificarlos en los aspectos en que los Documentos Tipo lo permitan.
CONCURSO DE MÉRITOS – Documentos tipo – Infraestructura de transporte
Tratándose del sector de infraestructura de transporte, esta Agencia expidió los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte, cuya versión más reciente y vigente es la número tres [3], adoptada mediante la Resolución No. 725 de 2024.
Es de precisar que la entidad, durante la etapa de planeación como resultado del estudio del sector y del análisis de riesgo, debe establecer las condiciones necesarias que requiere establecer en el proceso de selección para garantizar la adecuada ejecución del contrato, teniendo en cuenta la necesidad que pretende satisfacer, el objeto, alcance, especificaciones técnicas, forma de pago y demás aspectos inherentes al proyecto. De allí que estas condiciones, al ser fijadas por parte de la entidad, pueden implicar modificaciones a los documentos tipo, las cuales deben ser adecuadas, proporcionales y consecuentes con su contenido, respetando el principio de inalterabilidad y diligenciando solo aquellos aspectos permitidos de forma expresa.
DOCUMENTOS TIPO – Concurso de méritos – Abierto – Sin precalificación – Resolución No. 725 de 2024
[…] se tiene que la Resolución 725 del 19 de diciembre de 2024 indicó que los documentos tipos adoptados mediante este acto administrativo son obligatorios para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que contraten la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte a través de concurso de méritos, sin especificar si la modalidad de selección de aplicación seleccionada sería el concurso de méritos abierto o con precalificación –lo cual también puede observarse incluso en la primera versión de los documentos tipo en comento, adoptados mediante la Resolución No. 256 del 11 de diciembre de 2020–. Por lo tanto, al no especificar cuál modalidad de concurso de méritos sería de obligatoria aplicación del documento tipo adoptado por esta Agencia, de la lectura de estricta del contenido de la resolución, se debe entender que será para ambos casos, solo si se han adoptado hasta la fecha los documentos tipo pertinentes con cada modalidad de selección de concurso de méritos prevista en nuestro ordenamiento jurídico.
En ese orden de ideas, se tiene que, hasta la fecha, esta Agencia únicamente ha emitido documentos tipo bajo la modalidad de selección de concurso de méritos abierto. Por lo tanto, las entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, al momento de adelantar un proceso de contratación asociado a uno de los sectores para los que se han implementado documentos tipo, deben consultar el contenido de los mismos para determinar si la modalidad de escogencia y el objeto a contratar son o no subsumibles dentro de lo dispuesto en el documento tipo, y, de ser esto así, la entidad estará obligada a adelantar el proceso de contratación aplicando los documentos tipo desarrollados por esta Agencia.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 30/01/2026 |
| Fecha de Salida | 10/03/2026 |
| Actor | Anónimo |
| No. radicado interno | C-129 de 2026 |
| Radicado de Entrada | 1_2026_01_30_001081 |
| Radicado de Salida | 2_2026_03_10_002246 |
| Radicado Interno | C-129 de 2026 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, CONCURSO DE MÉRITOS |
| Restrictor | Fundamento normativo, Inalterabilidad, Documentos tipo, Infraestructura de transporte, Concurso de méritos, Abierto, Sin precalificación, Resolución No. 725 de 2024 |
