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Documento: C-827 de 2026

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.

DOCUMENTOS TIPO – Sector Social – Vigentes – Año 2024

(…) Para el año 2024, se encontraban vigentes los siguientes Documentos Tipo:

(…)

iii. Sector de Infraestructura Social:

Resolución 219 del 6 de agosto de 2021 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”.

Resolución 220 del 6 de agosto de 2021 «Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo”.

Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021 “»Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector salud».

Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021 «Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte”.

Resolución 798 del 20 de diciembre de 2023 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte”.

DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.

Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.

DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Oficinas administrativas

Conforme con el objeto señalado, esta Agencia entiende que el proceso por el que se indaga corresponde a uno dirigido a realizar el mantenimiento, adecuación y reparación locativa de un edificio administrativo, en este caso, la sede de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe. Así, le indicamos que, en el año 2024 no se encontraba vigente ningún Documento Tipo dirigido a la contratación de este tipo de actividades sobre sedes administrativas. Los Documentos Tipo del sector social vigentes en ese año estaban dirigidos a los sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte.

Sin perjuicio de lo anterior, le indicamos que, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de mantenimiento, adecuación y reparación locativa. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026.

Detalles del documento

Fecha27/05/2026
ActorPatricia Ochoa León
No. radicado internoC-827 de 2026
Año2026
MesMayo
Radicado de Entrada1_2026_05_19_006710
Radicado de Salida2_2026_05_27_005566
Radicado InternoC-827
DescriptorDOCUMENTOS TIPO
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Sector social, Vigentes, Año 2024, Aplicación, Matriz de experiencia, Oficinas administrativas

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