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Documento: C-1421 de 2025

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS – Definición

“[…] El contrato de prestación de servicios es uno de los tipos contractuales consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – en adelante EGCAP-, que pueden celebrar las Entidades Estatales. Se trata de un contrato típico, ya que se encuentra definido en la ley. Concretamente, el artículo 32, numeral 3º, de la Ley 80 de 1993, establece: “Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable”.

De otro lado, la celebración de dicho contrato se debe efectuar a través de la modalidad de la contratación directa. Así lo prevé el artículo 2, numeral 4º, literal h), de la Ley 1150 de 2007. […]”

CONTRATO DE EPRESTACIÓN DE SERVICIOS – Características

“[…] viii) Admiten el pacto de cláusulas excepcionales. Es decir, en los contratos de prestación de servicios se puede estipular las figuras jurídicas de caducidad, así como la modificación, interpretación o terminación unilaterales, como elementos accidentales, es decir, que para que puedan ejercerse dichas exorbitancias, han debido quedar incluidas expresamente en el contrato, ya que no se entienden pactadas por naturaleza. Así se infiere del artículo 14, numeral 2º, de la Ley 80 de 1993. […]”

TERMINACIÓN ANTICIPADA – Mutuo acuerdo

“[…] La terminación anticipada de mutuo acuerdo es una práctica común en la contratación estatal a la que se acude cuando el contratista manifiesta a la Entidad Estatal contratante su voluntad de no continuar con la ejecución del contrato. Esto implica que, en ejercicio de la autonomía de la voluntad la entidad estatal contratante y el contratista convengan la terminación anticipada del contrato y lo eleven a escrito, de manera que la primera libera recursos asociados al contrato terminado, los cuales pueden ser destinados a la celebración de un nuevo contrato con otro contratista, en caso de que persista la necesidad que motivó la contratación. De esta manera, las partes además evitan que se consolide el incumplimiento del contrato, evitando la imposición de multas o cláusulas penales, siempre que se hayan cumplido a satisfacción durante el periodo que estuvo vigente el contrato.

TERMINACIÓN UNILATERAL – Articulo 17 de la Ley 80 de 1993 – Causales – Acto Administrativo – Motivación

 

[…]” En lo atinente a la terminación unilateral del contrato, si bien la ley otorga a las entidades públicas la potestad de actuar en ejercicio de una facultad exorbitante, les impone el cumplimiento de presupuestos de forzosa aplicación y a la vez restringe la medida a los eventos previstos en la misma. Efectivamente, para declarar la terminación unilateral se requiere i) que la manifestación de la voluntad de la administración se materialice en un acto administrativo, ii) que dicho acto debe ser el resultado de un análisis soportado en la realidad del contrato, es decir, debe estar debidamente motivado y iii) que la causal que se alegue en la decisión se encuentre enmarcada en los eventos que la ley ha dispuesto.

[…]

Esta potestad excepcional obedece a la naturaleza misional y prioritaria del interés general dentro de la contratación estatal, y debe ejercerse mediante acto administrativo debidamente motivado, en el cual se expongan de manera clara y sustentada los hechos y fundamentos jurídicos que justifiquen la decisión, atendiendo las particularidades del contrato en cuestión. […]

Detalles del documento

Fecha de Entrada02/10/2025
Fecha de Salida12/11/2025
ActorNatalia Andrea Rondón Quintero
No. radicado internoC-1421 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_10_02_010959
Radicado de Salida2_2025_11_12-011911
Radicado InternoC-1421
DescriptorCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, TERMINACIÓN ANTICIPADA
RestrictorDefinición, Características, Mutuo acuerdo, Articulo 17 de la Ley 80 de 1993, Causales, Acto administrativo, Motivación

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