CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional
Como se evidencia de la redacción del anterior artículo, la decisión de limitar las convocatorias a MiPymes que tengan su domicilio en el municipio o departamento donde se va a ejecutar el contrato es facultativa de la entidad, en tanto la norma se refiere a la facultad de la administración con el verbo infinitivo “poder”, no “deber”. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha sostenido que la decisión de limitar territorialmente una convocatoria a MiPymes es discrecional, y ha precisado que, de todos modos, esta debe justificarse con fundamento en los correspondientes “estudios del sector”, como se puede encontrar detalladamente en la “GUÍA PARA PROMOVER LA PARTICIPACIÓN DE LAS MIPYMES EN LOS PROCESOS DE COMPRA Y CONTRATACIÓN PÚBLICA”
CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES – Ley 2069 de 2020 – Decreto 1082 de 2025 artículo 2.2.1.2.4.2.2
Cumplidos los dos requisitos del artículo 2.2.1.2.4.2.2 ibídem, la entidad estatal, independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por entidades estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, pueden ─sin estar obligadas─ decidir si limitan la convocatoria a las MiPymes colombianas domiciliadas en el municipio o departamento en el que se ejecutará el contrato.
En tal sentido, lo que debe adoptarse obligatoriamente es la limitación a MiPymes colombianas siempre que se cumplan las condiciones del artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, pero no la “limitación territorial” referida en el artículo 2.2.1.2.4.2.3 ibídem, pues esta es facultativa para la Entidad. Las únicas exigencias son que la convocatoria esté limitada a las Mipyme colombianas “domiciliadas en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato” y que la entidad justifique su decisión con base en los “estudios del sector” No es procedente, entonces, que sean las MiPymes las que soliciten la “limitación territorial” a la que se refiere el artículo 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 03/10/2025 |
| Fecha de Salida | 13/11/2025 |
| Actor | Jhon J. López S. |
| No. radicado interno | C-1432 de 2025 |
| Radicado de Entrada | 1_2025_10_03_011024 |
| Radicado de Salida | 2_2025_11_13_011981 |
| Radicado Interno | C-1432 de 2025 |
| Descriptor | CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL, CONVOCATORIAS LIMITADAS A MYPIMES |
| Restrictor | Limitación territorial, Facultad discrecional, LEY 2069 DE 2020, Decreto 1082 de 2025 artículo 2.2.1.2.4.2.2 |
