CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS – Concepto – Características – Modalidad de selección
El contrato de prestación de servicios es un contrato estatal típico celebrado para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Se caracteriza por su temporalidad y por no generar relación laboral ni prestaciones sociales. Su celebración debe realizarse a través de la modalidad de contratación directa, conforme al literal h) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Entre sus notas distintivas se encuentran la autonomía e independencia del contratista en la ejecución de la labor, la no obligatoriedad de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP), y el hecho de que no requiere obligatoriamente garantías ni liquidación.
Las Entidades Estatales pueden contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, previa verificación de la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. Tratándose de personas jurídicas, la capacidad jurídica se verifica mediante el Certificado de Existencia y Representación Legal, constatando la vigencia de la sociedad y que su objeto social contemple las actividades a contratar. La idoneidad se acredita con certificaciones de contratos anteriores, copias de contratos ejecutados o actas de recibo a satisfacción.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS – Formato Único de Hoja de Vida – Persona Jurídica – Requisito Obligatorio
De conformidad con el artículo 1 de la Ley 190 de 1995, todo aspirante a celebrar un contrato de prestación de servicios con la administración debe presentar el Formato Único de Hoja de Vida. Esta obligación se mantiene vigente aunque el contrato se celebre con una persona jurídica, materializándose a través del formato específico reglamentado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) en la Resolución 580 de 1999. El diligenciamiento de este documento al momento de la celebración del contrato constituye un requisito de ley obligatorio para el perfeccionamiento de esta tipología contractual.
Para la celebración y ejecución del contrato, la Entidad Estatal tiene el deber de verificar que el contratista no se encuentre incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad, consultando antecedentes fiscales (Contraloría), disciplinarios (Procuraduría) y judiciales (Policía Nacional). Asimismo, es indispensable verificar la afiliación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, si a ello hubiere lugar. Otros soportes incluyen el RUT, el RIT, el Certificado de Registro Nacional de Medidas Correctivas (RNMC) y el formato de compromiso de transparencia
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 12/11/2025 |
| Fecha de Salida | 23/12/2025 |
| Actor | Jorge Alberto Serna |
| No. radicado interno | C-1674 de 2025 |
| Radicado de Entrada | 1_2025_11_12_012776 |
| Radicado de Salida | 2_2025_12_23_013393 |
| Radicado Interno | C-1674 de 2025 |
| Descriptor | CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, FORMATO HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
| Restrictor | Concepto, Características generales, Persona Jurídica Principios de Adecuación y Proporcionalidad, Principios de Adecuación y Proporcionalidad |
