DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
La Ley 2022 de 2020, modificó el contenido del parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que había sido adicionado por la Ley 1882 de 2018. Con esta modificación, si bien se mantuvo el mandato de aplicación obligatoria de los Documentos Tipo por parte de las entidades sometidas al EGCAP, se atribuyó a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para su expedición.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Versión 4 – Acreditación de Experiencia – Particulares
Ahora bien, para efectos de la acreditación de experiencia entre particulares, el numeral 3.5.7 del documento base, señala que el proponente deberá aportar adicionalmente alguno de estos documentos: “Certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato emitida por el revisor fiscal o contador público del Proponente que acredita la experiencia, según corresponda, con la copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, o los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el documento del profesional”.
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA – Subcontratos – Documentos tipo – Infraestructura de transporte – Versión 4
En línea con lo expuesto, el numeral 3.5.8 del documento base establece la forma de acreditación de experiencia para subcontratos. Este numeral diferencia los subcontratos derivados de contratos suscritos con particulares de los suscritos con entidades estatales.
Para el primer evento, señalan que “para la acreditación de experiencia de subcontratos, cuyo contrato principal fue suscrito con particulares, se aplicarán las disposiciones establecidas en el numeral anterior”. De este modo, si el contrato principal fue suscrito con particulares, las reglas para acreditación de experiencia para subcontratos son las establecidas en el numeral 3.5.7 del documento base –previamente señalado–. En el segundo evento, dispone que para la acreditación de experiencia de los contratos derivados de contratos suscritos con entidades estatales el proponente deberá aportar los siguientes documentos: […]
AUTO CERTIFICACIONES – Documentos tipo – Infraestructura de transporte – Versión 4 – Alcance
[…] el literal K del numeral 3.5.3 del mencionado documento tipo dispone que las auto certificaciones no son válidas para acreditar la experiencia requerida, ya que a través de ellas no es posible comprobar la ejecución de contratos que deban certificar los terceros que recibieron la obra, bien o servicios. Así mismo, el literal define expresamente qué debe entenderse por auto certificaciones, señalando que corresponden a “aquellas expedidas por el mismo Proponente, sus representantes, los integrantes del Proponente Plural o del mismo segmento empresarial para demostrar su propia experiencia”.
CAUSALES DE RECHAZO – Principio de legalidad – Configuración – Documentos Tipo
Las causales de rechazo son las establecidas en la ley y las fijadas por la Entidad Estatal en los pliegos de condiciones. Sin embargo, en ejercicio de dicha facultad, a las entidades no les es dable fijar causales de rechazo que soslayen o afecten la selección objetiva en la contratación. Sobre el particular, el Consejo de Estado señala:
[…]
De igual forma, esta Agencia ha reiterado la postura del Consejo de Estado, según la cual, por la naturaleza propia de las causales de rechazo, su aplicación es estricta y restrictiva, lo que significa que su interpretación gramatical prevalece sobre una interpretación extensiva o de otra índole, mediante la cual se pretenda ampliar su alcance. Al respecto, el Consejo de Estado sostuvo: […]
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Causales de rechazo – Alcance
Ahora bien, los documentos tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten la tipología contractual que estos se encarguen de desarrollar. En la versión 4 de los documentos tipo de licitación pública de obra de infraestructura de transporte, se incluyeron causales de rechazo relacionadas con la presentación de la oferta y la información que deben acreditar los proponentes para participar en los procesos de contratación, las cuales pueden resultar aplicables dependiendo de las particularidades de cada situación, sin que sea posible incluir causales diferentes a las contempladas en los documentos tipo o en la ley.
Por lo tanto, debe advertirse que, el análisis requerido para resolver problemas específicos en torno a la contratación de las entidades estatales debe ser realizado por quienes tengan interés en ello. De esta manera, las afirmaciones aquí realizadas no pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias concretas relacionadas con los hechos que motivan la consulta. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales y disciplinarias.
Detalles del documento | |
| Fecha de Entrada | 24/11/2025 |
| Fecha de Salida | 26/12/2025 |
| Actor | Anderson Steven Hernández |
| No. radicado interno | C-1735 de 2025 |
| Radicado de Entrada | 1_2025_11_24_013211 |
| Radicado de Salida | 2_2025_12_26_013488 |
| Radicado Interno | C-1735 |
| Descriptor | DOCUMENTOS TIPO, ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA, AUTO CERTIFICACIONES, CAUSALES DE RECHAZO |
| Restrictor | Fundamento normativo, Obligatoriedad, Infraestructura de transporte, Versión 4, Acreditación de experiencia, Particulares, Subcontratos, Documentos tipo, Alcance, Principio de legalidad, Configuración, Causales de rechazo |
