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Documento: C-1813 de 2025

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DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad

El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.

DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Sector educativo, salud, cultura, recreación y deporte

(…) la Agencia expidió Resolución 220 del 6 de agosto de 2021, mediante la cual, adoptó los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo. Por su parte, por medio de la Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021, se adoptaron los documentos tipo complementarios relacionados con el sector salud. Finalmente, con la expedición de la Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021, se acogieron los documentos tipo complementarios aplicables al sector cultura, recreación y deporte. Estas Resolución, en el artículo 2, adoptan el «Anexo -Glosario» y la «Matriz – Experiencia” para proyectos de infraestructura social en cada uno de los sectores señalados. Estos dos (2) documentos definen el alcance para cada sector específicamente.

DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.

Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.

BIENES DE INTERÉS CULTURAL – Documentos tipo – Sector social – Vigentes

Teniendo en cuenta que usted indaga sobre la obligatoriedad de utilizar los documentos tipo de infraestructura social expedidos por esta Agencia para un proceso de selección cuyo objeto es “Realizar las obras y actividades necesarias para la adecuación, mantenimiento y modernización de los pisos 1, 2, 3, 4, 8 y 11, ubicados en la Torre de la Alcaldía del complejo Centro Administrativo Municipal – CAM, declarado Bien de Interés Cultural”, para efectos de resolver el problema jurídico planteado en este concepto, debe indicarse que el objeto del proceso de selección referido se relaciona con la adecuación, mantenimiento y modernización de algunos pisos de la Torre de la Alcaldía del complejo Centro Administrativo Municipal – CAM, declarado Bien de Interés Cultural. No obstante, dicha actividad no se encuentra incluida en las matrices de experiencia que actualmente hacen parte de los documentos tipo del sector de infraestructura social vigentes. En consecuencia, la entidad no tendría la obligación de utilizar los documentos tipo señalados; sin embargo, podría hacerlo como criterio de buenas prácticas en la contratación, realizando las adaptaciones pertinentes.

BIENES DE INTERÉS CULTURAL – Documentos tipo – Sector social – Resoluciones 539, 540 y 541 de 2025 – Aplicación

Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, acogidas en el sector de obra pública de infraestructura social, aplican de forma transversal en las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura social enmarcados dentro del sector educativo, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026.

(…)

Así las cosas, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente le informa que a partir del 16 de febrero de 2026, si una entidad de aquellas obligadas a utilizar los documentos tipo expedidos por esta Entidad adelanta un proceso que tenga por objeto la construcción y/o ampliación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o conservación y/o intervención y/o instalación y/o mantenimiento y/o mejoramiento y/o modificación u optimización y/o rehabilitación y/o remodelación y/o reposición y/o reparación locativa y/o restauración y/o restitución y/o terminación y/o reforzamiento estructural y/o actualización sísmica y/o repotenciación estructural en bienes de interés cultural deberá aplicar los documentos tipo complementarios del sector de cultura, recreación y deporte acogidos por esta Agencia mediante las Resoluciones 539, 540 y 541 de 2025, según el proyecto se adelante por la modalidad de licitación de obra pública, selección abreviada de menor cuantía o mínima cuantía, en donde se encuentran dispuesta la actividad 2.8 aplicable al proyecto por el que se indaga en su solicitud.

Detalles del documento

Fecha de Entrada11/12/2025
Fecha de Salida31/12/2025
ActorAnalistas de Licitaciones
No. radicado internoC-1813 de 2025
Radicado de Entrada 1_2025_12_11_013895
Radicado de Salida2_2025_12_31_013673
Radicado InternoC-1813
DescriptorDOCUMENTOS TIPO, BIENES DE INTERÉS CULTURAL
RestrictorFundamento normativo, Obligatoriedad, Infraestructura social, Sector educativo, salud, cultura, recreación y deporte, Aplicación, Matriz de experiencia, Documentos tipo, Sector social, Vigentes, Resoluciones 539, 540 y 541 de 2025

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