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Documento: C-367 de 2025

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AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICAConceptos – Alcance – Competencia Consultiva 

[…] es importante aclarar que, teniendo en cuenta que esta entidad solo tiene competencia para responder solicitudes sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública, NO es la idónea para establecer la validez de la situación descrita en su consulta. Lo anterior debido a que la competencia consultiva se fija con límites claros, con el objeto de evitar que se actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes en la contratación pública, lo cual corresponde a la competencia de los entes de control y los jueces de la República. 

SUBASTA INVERSA – Requisitos habilitantes – Autonomía de la voluntad 

En relación con el proceso de selección mediante subasta inversa y la solicitud de muestras de los elementos ofertados, a juicio de esta Agencia, dicha solicitud es legal, siempre y cuando se respeten los principios de transparencia y objetividad en la selección de proveedores. Esto implica que la exigencia de muestras debe estar claramente establecida en el pliego de condiciones y debe constituir un requisito habilitante que permita a la entidad verificar la calidad de los productos ofrecidos. 

Lo anterior, es posible en la contratación pública, pues –conforme al artículo 32 de la Ley 80 de 1993– la Administración puede celebrar todos los actos jurídicos previstos en el derecho privado, en disposiciones especiales o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad; razón por la cual, en la medida en que esta práctica no está expresamente prohibida por el Estatuto General de Contratación, se encuentra permitida. No obstante, esta autonomía para requerirlas no es ilimitada y, sin perjuicio de las restricciones para algunos procesos de selección, se sujeta a principios como la planeación y la selección objetiva. 

Detalles del documento

Fecha02/05/2025
ActorJosé María Mejía Méndez
No. radicado internoC-367 de 2025
Año2025
MesMayo
Radicado de EntradaP20250326002921
Radicado de Salida RS20250502004278
Radicado InternoC-367 de 2025
DescriptorAGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, SUBASTA INVERSA
RestrictorConceptos, Alcance, Competencia consultiva, Requisitos habilitantes, Autonomía de la voluntad

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