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Documento: C-378 de 2024

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PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES – Contenido

Sobre el Plan Anual de Adquisiciones se debe analizar lo dispuesto en los artículos 2.2.1.1.1.4.1, 2.2.1.1.1.4.3 y 2.2.1.1.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015. El primer artículo establece el deber de las entidades de “elaborar el plan anual de adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año”. El aparte trascrito permite inferir que se trata de un documento estimativo, pues contiene un listado de bienes, obras o servicios que, producto del ejercicio de planeación de la entidad, esta pretende adquirir dentro de la vigencia correspondiente. Esta redacción advierte la naturaleza estimativa del documento, pues contiene los siguientes aspectos: i) la necesidad; ii) la identificación en el clasificador si la entidad conoce el bien, obra o servicio que satisface la necesidad; iii) el valor estimado del contrato; iv) el tipo de recursos con cargo a los cuales la entidad pagará el bien, obra o servicio; v) la modalidad de selección del contratista y vi) la fecha aproximada en la cual la entidad indicará el procedimiento de selección.

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES – Actualización

El artículo 2.2.1.1.1.4.4. del Decreto 1082 de 2015, en el inciso 1, fijó, en criterio de esta Subdirección, el alcance de la facultad otorgada a las entidades para actualizar el plan anual de adquisiciones. Por ello es pertinente consultar el significado natural del verbo rector de la disposición y luego establecer los límites establecidos en la norma.

 

 

Detalles del documento

Fecha05/09/2024
ActorJavier Alberto González Moreno
No. radicado internoC-378 de 2024
Año2024
MesSeptiembre
Radicado de EntradaP20240723007555
Radicado de SalidaRS20240905012445
Radicado InternoC-378
DescriptorPLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
RestrictorContenido, Actualización

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