CONTRATO DE INTERVENTORÍA – Definición – Características
El contrato de interventoría es un contrato bilateral, conmutativo y oneroso, por lo que crea obligaciones tanto para la entidad contratante como para el contratista interventor. Estas obligaciones deben guardar una correlativa equivalencia entre las prestaciones y derechos de ambas partes, por las que a su vez cada una de ellas recibe un beneficio. Por lo tanto, el interventor tiene derecho a recibir el pago de una contraprestación, remuneración o precio , en los términos pactados en el contrato, por la adecuada y oportuna ejecución del objeto contractual, derecho que se encuentra reconocido en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993.
SUPERVISIÓN DEL CONTRATO – Definición – Funciones
La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos.
Detalles del documento | |
| Fecha | 13/05/2026 |
| Actor | Daniel Esteban Benitez Guerrero |
| No. radicado interno | C-503 de 2026 |
| Año | 2026 |
| Mes | Mayo |
| Radicado de Entrada | 1_2026_03_26_004206 |
| Radicado de Salida | 2_2026_05_13_005017 |
| Radicado Interno | C-503 |
| Descriptor | INTERVENTORÍA |
| Restrictor | Características, Universidades, Entidades de régimen especial, Régimen de contratación |
