PRINCIPIO DE SELECCIÓN OBJETIVA – Noción – Normativa –Requisitos ponderables
(…)Es frente a aquellos factores, que determinan comparativamente que una oferta sea mejor que otra, que la entidad concibe el otorgamiento de puntajes, como mecanismos para ponderar y comparar los ofrecimientos, con el fin de determinar objetivamente la oferta más favorable, aplicando para ello las reglas establecidas en el pliego o documento equivalente para la ponderación de las ofertas.(…)
REQUISITOS PONDERABLES – Asignación de puntaje
(…) las diferentes categorías a las que hace referencia el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, cuando alude a los factores que, a diferencia de los requisitos habilitantes, determinan la oferta más favorable para la entidad, y que, por lo tanto, hacen que una oferta sea mejor que otra, pese a tener que cumplir todas ellas los requisitos habilitantes. Es frente a aquellos factores, que determinan comparativamente que una oferta sea mejor que otra, que la entidad concibe el otorgamiento de puntajes, como mecanismos para ponderar y comparar los ofrecimientos, con el fin de determinar objetivamente la oferta más favorable, aplicando para ello las reglas establecidas en el pliego o documento equivalente para la ponderación de las ofertas.
Detalles del documento | |
Fecha | 06/11/2024 |
Actor | MATEO GÓMEZ GIRALDO |
No. radicado interno | C-572 de 2024 |
Año | 2024 |
Mes | Noviembre |
Radicado de Entrada | P20240923009705 |
Radicado de Salida | RS20241106015077 |
Radicado Interno | C-572 del 2024 |
Descriptor | PRINCIPIO DE SELECCIÓN OBJETIVA, REQUISITOS PONDERABLES |
Restrictor | Noción, Normativa, Requisitos de ponderación, Asignacion de puntaje |