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Documento: C-897 de 2024

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MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS ESTATALES – Procedencia – Límites

 

[…] Conforme a la regulación legal y a la interpretación que de la misma han hecho el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, la cual se comparte por esta Agencia, es viable jurídicamente modificar los contratos estatales, pero esta medida tiene carácter excepcional y solo procede cuando con ella se pretenda garantizar el interés público, cuando la entidad haya verificado y así pueda constatarse por cualquier que la causa de la modificación es real y cierta y cuando se deriva de previsiones legales, esto es, cuando la modificación encuentra sustento no solo en circunstancias fácticas propias de la ejecución del contrato, sino, además, cuando tales situaciones ponen de presente la necesidad de dar cumplimiento a previsiones establecidas por el legislador. Así las cosas, para establecer si un contrato determinado puede ser susceptible de modificación, se hace necesario que la Administración analice, en cada caso, la concurrencia de los aspectos antes referidos. […]

 

LIMITE A LAS MODIFICACIONES – Imposibilidad de modificación del objeto

[…] las modificaciones no podrían suponer la variación del objeto de un contrato, pues ello supondría la alteración de su esencia y lo convertiría en otro tipo de negocio jurídico. Si se presentara esta situación lo indicado no sería modificar el contrato sino celebrar uno nuevo.

ANÁLISIS CASO CONCRETO – Circunstancias fácticas – Identificación necesidad

En todo caso, corresponderá a cada Entidad Estatal realizar el análisis respecto a la precedencia de modificar determinado contrato estatal, en el entendido que se respeten las reglas establecidas en el ordenamiento jurídico, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, además de definir previamente su procedencia desde la perspectiva jurídica, técnica y financiera.

Detalles del documento

Fecha13/12/2024
ActorMónica Alexandra Salazar Echeverri
No. radicado internoC-897 de 2024
Año2024
MesDiciembre
Radicado de EntradaP20241120011682
Radicado de SalidaRS20241213016599
Radicado InternoC-897
DescriptorMODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS ESTATALES, LIMITE A LAS MODIFICACIONES, ANÁLISIS CASO CONCRETO
RestrictorProcedencia, Límites, Imposibilidad de modificación del objeto, CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS, Identificación necesidades

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