PRECIO ‒ Concepto
[…] el precio es uno de los elementos esenciales de los contratos estatales, que por lo general se identifica con el valor del contrato. Aunque no todo contrato lo incluye –pues también existen negocios gratuitos– lo usual es que los contratos estatales se configuren como onerosos y, la mayoría de las veces, como conmutativos, cuando hay un acuerdo entre el objeto y la contraprestación pactado por escrito entre la Entidad Estatal y el contratista. El precio es un importante elemento para el contratista, porque equivale a la remuneración que la entidad contratante le pagará como retribución por la ejecución de las obligaciones de dar, hacer o no hacer previstas a su cargo en el contrato. Entonces, es el valor que se da por el objeto, generalmente en dinero, que debe ser determinado o determinable, en los términos de los artículos 1864 y 1865 del Código Civil. De manera general, está compuesto por dos elementos esenciales: los costos y la utilidad, cuya estructuración interna depende de las condiciones técnicas, financieras o regulatorias de cada contrato.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO – Costo directos e indirectos
Frente a si una entidad sometida al Estatuto General de la Contratación puede incorporar y reconocer dentro del presupuesto los costos indirectos, la respuesta es afirmativa. El deber de planeación exige estimar el valor del contrato considerando tanto los costos directos —los implicados de manera inmediata en la ejecución del objeto— como los costos indirectos —aquellos que, sin vincularse directamente a las actividades contractuales, integran igualmente el precio, sea porque constituyen erogaciones administrativas o contingentes para el contratista, sea porque están dirigidos a salvaguardar su utilidad—. La entidad estatal goza de autonomía para configurar el precio y elegir el sistema de pago más apropiado, dentro de los límites del ordenamiento, siempre que la inclusión de tales costos obedezca a criterios de razonabilidad, proporcionalidad y conexidad con la ejecución contractual; no resulta admisible incorporar al precio rubros que carezcan de una vinculación objetiva con las actividades requeridas por el contrato.
ESTRUCTURACIÓN DEL PRECIO – Impuestos – Excluye retención en la fuente
En cuanto a si es posible incluir la retención en la fuente como parte de los costos del contrato para la estructuración del precio y del valor estimado, la respuesta es negativa. Los tributos ligados a la transacción o a la ejecución del objeto —como el IVA, el ICA, las estampillas o las contribuciones especiales— integran el precio; en cambio, el impuesto sobre la renta grava la utilidad del contratista en función de su situación fiscal integral y no del contrato en particular, por lo que constituye una carga fiscal propia de aquel, que pondera al definir el precio de su oferta, y no un rubro que la entidad deba reconocer de manera autónoma. Con mayor razón, la retención en la fuente no puede incorporarse como un costo independiente, pues no es un tributo, sino un mecanismo de recaudo anticipado de ese mismo impuesto sobre la renta (artículo 367 del Estatuto Tributario). En esta línea, la Contraloría General de la República, en el concepto No. CGR-OJ 010 de 2021 (radicado No. 2021EE0009558), precisó que las entidades estatales no son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta respecto de los ingresos del contratista, de modo que su intervención se limita al deber legal de actuar como agentes de retención, practicándola al momento del pago cuando a ello haya lugar. En consecuencia, el proponente podrá valorar el impacto financiero de la retención al estructurar su oferta, pero esta no debe ser reconocida por la entidad como concepto autónomo del presupuesto oficial ni como valor adicional a su cargo.
Detalles del documento | |
| Fecha | 27/07/2026 |
| Actor | Juan Carlos Salazar Mejia |
| No. radicado interno | C-990 de 2026 |
| Año | 2026 |
| Mes | Julio |
| Radicado de Entrada | 1_2026_06_18_008220 |
| Radicado de Salida | 2_2026_07_27_007909 |
| Radicado Interno | C-990 |
| Descriptor | PRECIO, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, ESTRUCTURACIÓN DEL PRECIO |
| Restrictor | Concepto, Costo directos e indirectos, Impuestos, Excluye retención en la fuente |
