Portal de Relatoría

25000233600020180018001 de 2025

02/03/2026

Fecha: 01/12/2025 – Número expediente/radicado interno: 25000-23-36-000-2018-00180-01 (70.039) – Demandado: FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME (DISTRITO CAPITAL) – Actor: LA PREVISORA SA COMPAÑÍA DE SEGUROS – Providencia: Autos – Sección/Sala: Sección Tercera – Subsección: B – Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ – Medio de control: Controversias Contractuales – Recurso: N/A – Año: 2025 – Mes: Diciembre – Tipo de contrato: Acto administrativo – Tema: Acción de Cumplimiento – Naturaleza: Contractual – Descriptor: BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA, LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA, AMPARO DE CUMPLIMIENTO, PROCEDIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO ADMINISTRATIVO CONTRACTUAL, CITACIÓN – Restrictor: Amparo, Cobertura, Armotizacion del anticipo, Implicaciones, Afectación del mismo, acreditación de la correcta utilización del anticipo, Compañía de seguros, Actos administrativos referidos a efectividad de la garantía de contrato, Legitimación cuando actúa como aseguradora del cumplimiento del contrato estatal, CPACA artículo 141, Legitimación para demandar validez de actos administrativos, Medio de Control de Controversias Contractuales, Vínculo entre contrato de obra y contrato de seguro, Legitimación de la compañía de seguro, Interés legitimo, Impacto de sus intereses jurídicos, No se extiende a los intereses del contratista, ompañía de seguros – Ausencia de legitimidad para exigir derechos del contratista – Ausencia de legitimidad para discutir la legalidad del acta de liquidación unilateral, Excepción – Acta de liquidación impone obligación de pago – Legitimación de la compañía de seguros, Agotamiento – Asegurador – Riesgos precisos y determinados – Suficiencia –CPACA artículo 88, Presunción de legalidad – Ejecutoriedad del acto – Siniestro de la póliza –Código de Comercio artículo 1079 – Obligaciones al asegurador en exceso del valor asegurado, Ley 1474 de 2011 artículo 86 – Declaratoria de incumplimiento con miras a la efectividad de las garantías – Citación – Derecho de defensa y contradicción

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28/01/2026

Fecha: 25/11/2025 – Número expediente/radicado interno: 64.130 – Demandado: DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR – Actor: BOSKALIS WESTMINSTER DREDGING BV – Providencia: Sentencias – Sección/Sala: Sección Tercera – Subsección: A – Ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN – Medio de control: Controversias Contractuales – Recurso: Apelación sentencia – Año: 2025 – Mes: Noviembre – Tipo de contrato: Convenio interadministrativo – Tema: Caducidad del contrato – Naturaleza: Contractual – Descriptor: FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA, SUCURSAL, OPORTUNIDAD DEL MEDIO DE CONTROL, LIQUIDACIÓN BILATERAL DE LOS CONTRATOS ESTATALES, DEBIDO PROCESO EN LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD CONTRACTUAL, PRINCIPIO DE PLANEACIÓN EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL, DEBERES DEL CONTRATISTA EN LA ETAPA PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, LÍMITES A LAS MODIFICACIONES CONTRACTUALES, MODIFICACIONES CONTRACTUALES, SOLEMNIDAD DEL CONTRATO ESTATAL Y SUS MODIFICACIONES, ELEMENTOS DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL DEL ESTADO, LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD, GOOD WILL – Restrictor: Sociedades extranjeras Artículo 471 del Código de Comercio, Creación de sucursal con domicilio en territorio nacional, Código de Comercio artículo 263, Establecimiento de comercio para el desarrollo de negocios sociales, Alcance, Legitimación en la causa de sociedades extranjeras, Establecimientos de comercio no tienen personalidad jurídica, Artículo 136 numeral 10 del CCA, Artículo 44 de la Ley 446 de 1998, Término de caducidad de dos años, Liquidación bilateral y cómputo del término, Liquidación unilateral y ejecutoria del acto, Artículo 60 de la ley 80 de 1993, Liquidación de común acuerdo, Contratos de tracto sucesivo, Plazo máximo de cuatro (4) meses para la liquidación, Caducidad contractual como sanción, Inexistencia de procedimiento sancionatorio, Aplicación del artículo 29 de la Constitución Política, Deber de garantizar contradicción, Nulidad de los actos administrativos por desconocimiento del derecho al debido proceso, Deber de planeación previa de la entidad estatal, Elaboración de estudios y análisis previos, Deberes del contratista en la etapa precontractual, Jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, Límites a las modificaciones contractuales, Deber de poner de presente deficiencias en la planificación, Incumplimineto con las cargas que impone el principio de planeación del contratista, Principio de selección objetiva, libre concurrencia e igualdad, Tipos de limitaciones para modificar los contratos estatales, Temporal , formal y material, Variaciones del contenido sustancial del contrato y del pliego de condiciones, Incidencia de la modificación en condiciones técnicas de la oferta, Elementos esenciales del proceso de selección, Transparencia del procedimiento, Improcedencia de la modificación contractual, Artículo 41 de la ley 80 de 1993, Necesidad de acuerdo de voluntades expreso y escrito, Invalidez de actuaciones administrativas previas como consentimiento, Condiciones contractuales, Daño antijurídico, Imputación, Ausencia de daño, Conocimiento del contratista de las condiciones que hacían inviable la ejecución del contrato, Concepto, Ganancia dejada de reportar, Ausencia de carácter cierto del lucro cesante, Requisito, Acreditación, Concepto jurisprudencial, Susceptible de sufrir menoscabo de un hecho dañoso, Ausencia de prueba que acredite afectación al concepto de buen nombre

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24/04/2024

Detalle: 25000-23-26-000-1999-02778-01_24339 – Fecha: 27-09-2013 – Número Interno: – Demandado: DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Y OTROS – Actor: JOSÉ MANUEL BARRERO PARRA – Providencia: Sentencias – Sección / Sala: Sección Tercera – Subsección: B – Ponente: Danilo Rojas Betancourth – Medio de control: Controversias Contractuales – Recurso: Apelación sentencia – Tipo Contrato: contrato de obra – […]