MEDIO DE CONTROL – Nulidad y Nulidad y restablecimiento del derecho – Actos antes de celebración contrato – Acto de adjudicación – Oportunidad
El artículo 141 del CPACA dispone que los actos proferidos antes de la celebración del contrato son demandables a través de los medios de control de nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho; a su vez, el término para demandar el acto de adjudicación por parte del oferente vencido con interés particular es de cuatro (4) meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, notificación, ejecución o publicación según sea el caso según lo dispone el literal c), ordinal 2 del artículo 164 ibidem.
DEMANDA NULIDAD ACTO DE ADJUDICACIÓN – Carga probatoria del accionante demostrar vicios – Acreditar su derecho a ser adjudicatario
La jurisprudencia de la Sección Tercera ha determinado, de tiempo atrás que la prosperidad de la demanda promovida por el oferente vencido en una licitación solo se abre paso cuando (i) el accionante demuestra los vicios del acto de adjudicación y (ii) que su propuesta era la mejor, esto es, no le basta con acreditar que la administración incurrió en determinado yerro al momento de adjudicar, sino que, tiene la carga adicional de acreditar que tenía el derecho a ser adjudicatario.
En esas condiciones, sin que ello constituya una tarifa legal de prueba -por regla general proscrita del ordenamiento probatorio nacional-, resulta indispensable que se aporten al proceso las ofertas objeto de comparación con el fin de que pueda establecerse con total certeza que el demandante estaba habilitado y, de conformidad con las reglas del procedimiento de, para este caso, la licitación pública, su ofrecimiento era el llamado a obtener el primer orden de elegibilidad.
INFORMES DE EVALUACIÓN – No son actos administrativos – Recomendaciones del comité evaluador – Debe allegarse propuestas de los otros oferentes – Verificación de mejor propuesta
[…] los informes de evaluación de las propuestas que se surten durante el procedimiento de selección del contratista no ostentan la naturaleza de actos administrativos revestidos de presunción de legalidad, de modo tal que le baste al juzgador analizar los específicos reparos de la demanda sobre la premisa de que los restantes conceptos sobre la habilitación de los oferentes y los relacionados con la calificación, en aquello que no es objeto de debate, deben acogerse sin ningún análisis adicional; por el contrario, en este tipo de casos, la carga probatoria de quien pretende que su ofrecimiento sea estimado como el mejor, impone presentar de manera completa el panorama demostrativo al juzgador que le permita arribar a dicha conclusión.
Ahora bien, aunque las recomendaciones del comité evaluador hayan sido acogidas integralmente en el acto de adjudicación, ello no releva a quien pretende su nulidad de la carga de allegar, como mínimo, las propuestas cuya comparación es necesaria para establecer que el ofrecimiento del demandante era el mejor, mediante su confrontación con las reglas del procedimiento de selección.
SUBSANACIÓN REQUISITOS – Licitación pública – Ley 1882 de 2018
La Ley 1882 de 2018, aplicable a la licitación pública objeto de la controversia, dispone que la subsanación de requisitos subsanables debe ser solicitada “por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección”.
ACREDITACIÓN EXPERIENCIA – Validación entidad contratante
De conformidad con lo anterior, el yerro en el formulario de experiencia fue insustancial porque aquella que se relacionó en forma indebida no fue validada por la entidad contratante; en todo caso, no se aportó la oferta del adjudicatario de modo que pueda analizarse si la acreditación de experiencia fue acorde a las reglas del pliego, por ende, no prospera el cargo.
Detalles del documento | |
Fecha de Salida | 03/06/2025 |
Número expediente/radicado interno | 85001233300020230004701 |
Demandado | Departamento del Casanare |
Actor | Consorcio Pavimentos Casanare CHM |
Providencia | Sentencias |
Sección / Sala | Sección Tercera |
Subsección | B |
Ponente | FREDY IBARRA MARTÍNEZ |
Medio de Control / Acción | Nulidad y Restablecimiento del Derecho |
Recurso | Apelación sentencia |
Año | 2025 |
Mes | Junio |
Tipo de Contrato / Acto Administrativo | Acto de adjudicación |
Tema | Nulidad acto de adjudicación |
Naturaleza | Contractual |
Descriptor | MEDIO DE CONTROL, DEMANDA NULIDAD ACTO DE ADJUDICACIÓN, INFORMES DE EVALUACIÓN, SUBSANACIÓN REQUISITOS, ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA |
Restrictor | Nulidad y Nulidad y restablecimiento del derecho, Actos antes de celebración contrato, Acto de adjudicación, Oportunidad, Carga probatoria del accionante demostrar vicios, Acreditar su derecho a ser adjudicatario, No son actos administrativos, Recomendaciones del comité evaluador, Debe allegarse propuestas de los otros oferentes, Verificación de mejor propuesta, Validación entidad contratante, Licitación pública, Ley 1882 de 2018 |