Fecha: 30/01/2026 – Número expediente/radicado interno: 72.784 – Demandado: Unión Temporal Transversal de Boyacá y otros – Actor: Instituto Nacional de Invias – INVÍAS – Providencia: Sentencias – Sección/Sala: Sección Tercera – Subsección: A – Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ – Medio de control: Controversias Contractuales – Recurso: Apelación – Año: 2026 – Mes: Enero – Tipo de contrato: Contrato de obra pública – Tema: Incumplimiento del contrato – Naturaleza: Contractual – Descriptor: SILENCIO ADMINISTRATIVO, SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, CONFIGURACIÓN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, SILENCIO ADMINISTRATRIVO EN MATERIA CONTRACTUAL, CESIÓN DE PARTICIPACIÓN, INCUMPLIMIENTO EN OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA VIAL, INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS – Restrictor: Ficción por falta de pronunciamiento de la entidad pública sobre solicitud elevada por particular, Regla general, Respuesta Desfavorable, Procede en casos expresamente señalados en la ley, CPACA Artículo 84, Procedimiento para invocar silencio administrativo positivo, CAPCA artículo 85, Protocolización de petición, Declaración jurada de no haber sido notificada decisión, Carácter probatorio, Ley 80 de 1993 artículo 25 numeral 16, Término de 3 meses, Aplicación del CAPCA artículo 85, Remisión expresa de la Ley 80 de 1993 artículo 77, Requisitos, Jurisprudencia del Consejo de Estado, Solicitud de reconocimiento de un derecho, Deber de presentarla durante la ejecución del contrato, Ausencia de pronunciamiento por parte de la entidad dentro de los 3 meses contados a partir de la solicitud, Interés directo, El derecho debe ser anterior a la petición, Soporte probatorio, Autorización por parte de la entidad estatal, Ley 80 de 1993 artículo 7, Limitación legal se condiciona a la responsabilidad solidaria de los integrantes de la unión temporal, Carácter intuitu personae del contrato, Autorización, Requisito de existencia y validez de cesión, Idoneidad y solvencia patrimonial, Incumplimiento de especificaciones técnicas, Daño indemnizable se determina por el menoscabo patrimonial sufrido por la entidad contratante al recibir activo sin cumplimiento de condiciones pactadas, Perjuicio previsible y cierto, Infracción al contrato, Código Civil artículos 1613 y 1616, Código Civil artículo 1610 numeral 3, Indemnización por mora, Indemnización de perjuicios resultantes de la infracción al contrato, Indemnización compensatoria, Costos que debe sufragar el dueño de la obra