DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – Numeral 4.1.4. – Ponderación de la propuesta económica – TRM
Los “Documentos Tipo – Versión 3” de licitación de infraestructura de transporte establecen, en el numeral 4.1.4. “determinación del método para la ponderación de la propuesta económica”, cuatro (4) alternativas para escoger el método de ponderación de las propuestas económicas, a saber: i) mediana con valor absoluto; ii) media geométrica; iii) media aritmética baja, y iv) menor valor. A partir de estas alternativas, la entidad, para establecer el método de ponderación, tomará los centavos de la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM), certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS – Noción
Por su parte, el artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015 establece que cuando el valor de una oferta parezca artificialmente bajo, la entidad debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Frente a estas explicaciones le corresponde al comité evaluador analizarlas y recomendar si sebe rechazar la oferta o continuar con el análisis de la oferta durante la evaluación de las ofertas.
INALTERABILIDAD – Documentos Tipo – Regla general
Finalmente, es importante resaltar que, en virtud de la regla de inalterabilidad, los Documentos Tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento.
Detalles del documento | |
Fecha | 25/06/2024 |
Actor | Luis Alexis Correa Salazar |
No. radicado interno | C-220 de 2024 |
Año | 2024 |
Mes | Junio |
Radicado de Entrada | P20240625006452 |
Radicado de Salida | RS20240806011152 |
Radicado Interno | C-220 |
Descriptor | DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE, PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS, INALTERABILIDAD |
Restrictor | Numeral 4.1.4., TRM, Noción, Documentos tipo, Regla general |