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Documento: C-514 de 2024

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DÍAS HÁBILES Concepto Cómputo de términos

 

Si bien las reglas establecidas en estas normas no definen el concepto de día hábil, sí evidencian que, a menos de previsión expresa en contrario, los plazos de días no incluyen los vacantes y feriados, lo cual, en línea con la definición de uso común referida con anterioridad, permite inferir que por hábiles se entienden los días laborables. […] Conforme a lo anterior, los días hábiles se determinan según la entidad, ya que “cada entidad pública establece la jornada laboral, a través de su reglamento interno, dando certeza sobre los días que atienden al público, e indirectamente definiendo qué día es hábil en determinada institución”, por lo que días hábiles son aquellos de la semana durante los cuales las entidades públicas ejercen sus funciones y prestan servicio al público, los cuales son, por regla general, todos los días de la semana, con excepción de los sábados, domingos y feriados previstos en la generalidad de entidades como días de descanso.

Detalles del documento

Fecha07/10/2024
ActorAna Mildred Vega Molano
No. radicado internoC-514 de 2024
Año2024
MesOctubre
Radicado de EntradaP20240826008647
Radicado de SalidaRS20241007013946
Radicado InternoC-514 de 2024
DescriptorDÍAS HÁBILES
RestrictorConcepto, Cómputo de términos, Cómputo, Regla interpretativa

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