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Documento: C-562 de 2024

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LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS- Concepto

(…)en la liquidación, las partes podrán determinar si existen prestaciones, obligaciones o derechos a su cargo, realizan un balance de las cuentas y, si es del caso, efectuar las reclamaciones, ajustes y reconocimientos a que haya lugar, y en donde se puede establecer las consideraciones atinentes a las declaratorias de incumplimiento que se hubiesen realizado a lo largo de la relación contractual.

 

RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Concepto

Las inhabilidades son prohibiciones para concurrir a los procedimientos de selección y para contratar con el Estado, que se derivan: i) de la existencia de comportamientos reprochables o de sanciones anteriormente impuestas, ii) de vínculos personales relativos al parentesco o al estado civil o iii) de una actividad u oficio que se desempeñó en el pasado.

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Interpretación restrictiva

Ahora bien, las inhabilidades e incompatibilidades al ser restricciones o límites especiales a la capacidad para presentar ofertas y celebrar contratos estatales, solo pueden tipificarse en la ley o la Constitución –o sea, deben satisfacer el principio de legalidad– y su interpretación debe ser restrictiva[1], pues si se admitiera una interpretación amplia, extensiva o finalista de las mismas, tales enunciados normativos contemplarían múltiples supuestos indeterminados, según el parecer o el sentido común de los operadores jurídicos, poniendo en riesgo principios como la igualdad, el debido proceso, la seguridad jurídica, la libre concurrencia y el ejercicio de la profesión u oficio.

INHABILIDAD – Incumplimiento reiterado

En ese orden, a la luz del texto original de la Ley 1474 de 2011, para que se configurara la inhabilidad era necesario que las cinco multas –literal a)– o los dos incumplimientos –literal b)– fueran declarados en la misma vigencia fiscal, esto es, en el mismo año. Después de la modificación introducida por la Ley 1955 de 2019, basta que las dos declaratorias de incumplimiento o las cinco multas se hayan impuesto dentro de los últimos tres años.

 

 

[1] Ibídem. p. 69.

Detalles del documento

Fecha18/10/2024
ActorMartha Oliva Muñoz Yunda
No. radicado internoC-562 de 2024
Año2024
MesOctubre
Radicado de EntradaP20240906009107
Radicado de SalidaRS20241017014316
Radicado InternoC-562 del 2024
DescriptorLIQUIDACIÓN DE CONTRATOS, RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
RestrictorConcepto, Interpretación, Incumplimiento reiterado

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