INHABILIDADES ― Reserva legal – Interpretación restrictiva
[…] el carácter reconocidamente taxativo y restrictivo de régimen de inhabilidades obedece a la necesidad de salvaguardar el interés general inherente en la contratación pública, de forma que implique el menor sacrificio posible al derecho de igualdad y de reconocimiento de la personalidad jurídica de quienes aspiran a contratar con el Estado. Bajo estas circunstancias, las entidades públicas no pueden establecer en el pliego de condiciones causales de inhabilidad no previstas en la Constitución o en la ley. En consecuencia, al tratarse de una materia que tiene reserva legal, no es posible que una entidad pública establezca nuevas causales que afecten la capacidad para contratar con el Estado, ni siquiera haciéndolas pasar como causa para rechazar los ofrecimientos realizados a la autoridad
INHABILIDADES ― Ley 80 de 1993 – Artículo 8
De acuerdo con el criterio de aplicación restrictiva del régimen de inhabilidades, se advierte que la configuración de la inhabilidad del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, afecta la capacidad jurídica de la persona inhabilidad, ya sea por la falta de aptitud o a la carencia de una cualidad, calidad o requisito en el sujeto incapacitado, quien por esta razón no podrá hacer parte de una relación contractual directa con entidades públicas, sin que resulte posible extender sus efectos a otras personas. Esto significa que, los efectos de esta inhabilidad no pueden aplicarse a los socios, empleados o contratistas de la persona inhabilitada, ya que ello comportaría una aplicación extensiva de la causal de ésta.
REQUISITOS HABILITANTES – Noción
Los requisitos habilitantes se definen como exigencias de participación en los procedimientos de selección, establecidos en disposiciones normativas, de carácter legal o reglamentario, o las contenidas en el acto administrativo que regula las reglas de la convocatoria, es decir, en el pliego de condiciones o el documento equivalente a este. Se diferencian de los criterios de evaluación –también conocidos como criterios de calificación– en que estos son los factores definidos por la Entidad Estatal para la asignación de puntaje en el momento de la comparación de las ofertas, y que, a partir de su ponderación, permiten establecer el orden de elegibilidad y, por ende, la propuesta ganadora.
Detalles del documento | |
Fecha | 13/11/2024 |
Actor | Jacqueline Henao Naranjo |
No. radicado interno | C-750 de 2024 |
Año | 2024 |
Mes | Noviembre |
Radicado de Entrada | P20241018010572 |
Radicado de Salida | RS20241113015286 |
Radicado Interno | C-750 |
Descriptor | INHABILIDADES, REQUISITOS HABILITANTES |
Restrictor | Reserva legal, Interpretación restrictiva, Alcance Ley 80 de 1993 |