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Documento: C-1461 de 2025

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ― Gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje – Reconocimiento – Régimen legal – Facultad – Pacto – Autonomía de la entidad

Dado que las partes contratantes gozan de libertad para pactar las cláusulas contractuales conforme a sus intereses y necesidades, si en el marco de la ejecución del objeto contractual el contratista requiere el reconocimiento de gastos asociados a transporte, alojamiento o manutención, dicha situación debe estar contemplada expresamente en el clausulado del contrato. Esto permite a la entidad garantizar la disponibilidad presupuestal necesaria para asumir tales erogaciones. En consecuencia, a juicio de esta Agencia, las Entidades Estatales deberán establecer en la minuta de manera clara y previa entre las partes la necesidad de los viáticos a los que haya lugar. En caso de no haberse previsto en el contrato, las partes podrán acordar el procedimiento al respecto, de acuerdo a sus manuales de contratación y procedimientos internos.

Detalles del documento

Fecha de Entrada07/10/2025
Fecha de Salida21/10/2025
ActorAdriana Lenis
No. radicado internoC-1461 de 2025
Radicado de Entrada1_2025_10_07_011220
Radicado de Salida2_2025_10_21_011142
Radicado InternoC-1461
DescriptorCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
RestrictorGastos de desplazamiento, manutención y hospedaje, Reconocimiento, Régimen legal, Facultad, Pacto, Autonomía de la entidad

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